domingo, 11 de diciembre de 2011

Sorpresa, pero no tanto



 
En el día de ayer no dejé de asombrarme como la Presidente desconocía o minimizaba la historia de los trabajadores y del peronismo en la década de mayor felicidad para los argentinos. Sí subestimaba, porque ella, abogada, no conocía a fondo la Constitución del 49.

Allí se determinaron los derechos fundamentales de la transformación ocurrida y realizada desde aquel glorioso 17 de octubre, día en que los trabajadores irrumpimos protagonistas fundamentales del desarrollo histórico de nuestra Patria.
Se forjaban en ella los derechos de la ancianidad, de la niñez, y además de los trabajadores y se tomaba la decisión de no plasmar como derecho la huelga porque este derecho era intrínseco al trabajador.
Era un derecho natural, como el de la vida misma.
Pero además se coló en el debate que en esa época no se hacían huelgas.
Lo que no sólo es un error histórico, sino que maliciosamente se oculta que entre los años 1946 y 1949 se realizaron la mayor cantidad de huelgas en la historia de nuestro país. Superando la etapa anterior que comprendía desde 1916 a 1919.
La legalidad es aliada transcendente de la política de masas. Por eso en las épocas de represión o dictadura hemos vivido hechos heroicos, y conmovedores, pero estos se expanden masivamente al calor de la legalidad y protagonismo de las masas.
La legalidad ha sido y es retaceada permanentemente, amputando la profundización en todos los aspectos de la democracia. Proceso inacabado hacia la soberanía popular en todos los órdenes.
Fue la apertura a la legalización de los sindicatos “paralelos”, y sobre todo a la gestación de los Comités de Delegados de Empresa, que crecieron para vivir a pleno la etapa de mayor libertad y democracia sindical, lo que construyó la fuerza hasta lograr plasmar una nueva Constitución, y el tan mentado famoso “fifty-fifty” (50-50), que jamás volvió a regir en nuestro país, por mas crecimiento económico que nos quieran vender.
Además se estableció en el art. 40 – “La organización de la riqueza y su explotación tienen por fin el bienestar del pueblo, dentro de un orden económico conforme a los principios de la justicia social. El Estado, mediante una ley, podrá intervenir en la economía y monopolizar determinada actividad, en salvaguardia de los intereses generales y dentro de los límites fijados por los derechos fundamentales asegurados en esta Constitución. Salvo la importación y exportación, que estarán a cargo del Estado, de acuerdo con las limitaciones y el régimen que se determine por ley, toda actividad económica se organizará conforme a la libre iniciativa privada, siempre que no tenga por fin ostensible o encubierto dominar los mercados nacionales, eliminar la competencia o aumentar usurariamente los beneficios. Los minerales, las caídas de agua, los yacimientos de petróleo, de carbón y de gas, y las demás fuentes naturales de energía, con excepción de los vegetales, son propiedad imprescriptible e inalienable de la Nación, con la correspondiente participación en su producto que se convendrá con las provincias. Los servicios públicos pertenecen originariamente al Estado, y bajo ningún concepto podrán ser enajenados o concedidos para su explotación. (...)“.
Da vergüenza que hoy traten de esconder y menoscabar aquella historia, sólo con el objeto de justificar que se viene el ajuste para garantizar la continuidad de la concentración y extranjerización de nuestras riquezas, con la consiguiente penuria par el pueblo trabajador.

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