martes, 31 de diciembre de 2013

Costa Atlántica: nuevo aumento de peajes

A partir de este 31 de diciembre, los peajes de la ruta de la costa se incrementarán. El mínimo, para un vehículo de la categoría 1 en la Autovía se va de 26 a 35 pesos
Nuevamente el Gobierno provincial decidió incrementar el costo de peajes a la costa. Ya rige el aumento que se anunció ayer a través del Boletín Oficial. La suba se da en las rutas que van a la costa atlántica -2 y 11-.

En los peajes de Samborombón, Maipú y La Huella, el costo de un auto categoría 1 (estándar de dos ejes que no superen los 2,10 metros de altura) se eleva de 26 a 35 pesos, de 51 a 70 pesos la Categoría 2 y 3 (dos ejes que superen los 2,10 metros y tres o cuatro ejes que no superen los 2,10 metros )

Las actualizaciones incluyen los cuatro peajes de la concesionaria Autovía del Mar (Samborombón, La Huella , Madariaga y Mar Chiquita) y el que explota la empresa COVISUR (Maipú), según se detalla en el siguiente cuadro tarifario:



NUEVO CUADRO TARIFARIO
CORREDOR VIAL INTEGRADO DEL ATLÁNTICO

Estación de Peaje Samborombón (Km. 90)
Categoría 1 $ 35, 00 - tarifa bonificada $ 28,00-*
Categoría 2 $ 70,00
Categoría 3 $ 70,00
Categoría 4 $ 100,00
Categoría 5 $ 137,00
Categoría 6 $ 170,00

Estación de Peaje La Huella
Categoría 1 $ 35,00 - tarifa bonificada $ 28,00*
Categoría 2 $ 70,00
Categoría 3 $70,00
Categoría 4 $ 100,00
Categoría 5 $ 137,00
Categoría 6 $ 170,00

Estación de Peaje Gral. Madariaga
Categoría 1 $ 12,00 - tarifa bonificada $ 9,00*
Categoría 2 $ 23,00
Categoría 3 $ 23,00
Categoría 4 $ 35,00
Categoría 5 $ 46,00
Categoría 6 $ 57,00

Estación de Peaje Mar Chiquita
Categoría 1 $ 14,00 - tarifa bonificada $ 11,00*
Categoría 2 $ 28,00
Categoría 3 $28,00
Categoría 4 $ 41,00
Categoría 5 $ 55,00
Categoría 6 $ 68,00


NUEVO CUADRO TARIFARIO
COVISUR S.A.
Concesión modificada
Estación de Peaje Maipú (Km. 273)
Categoría 1 $ 35, 00 - tarifa bonificada $ 28,00-*
Categoría 2 $ 70,00
Categoría 3 $ 70,00
Categoría 4 $ 100,00
Categoría 5 $ 137,00
Categoría 6 $ 170,00

Especificaciones generales
1) Todas las tarifas indicadas incluyen el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A) y fueron
sujetas -según el caso- a redondeo.
2) * Tarifa bonificada por temporada baja: A la tarifa básica correspondiente a la
Categoría 1 se aplicará una bonificación selectiva durante el período de temporada
baja, entre las 12 hs de los días lunes y las 12 hs de los días viernes, excepto
los días feriados y fines de semana largos en que se aplicará la tarifa básica desde
las 12 horas del día laborable inmediato anterior hasta las 12 hs. del día laborable
inmediato posterior.
La temporada baja tendrá comienzo el primer día hábil posterior a la culminación
de la Semana Santa y se extenderá al 15 de diciembre de cada año, excepto vacaciones
de invierno.

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