martes, 2 de septiembre de 2014

La Corte Suprema define si puede seguir oculto el acuerdo con Chevron

La Cámara rechazó un pedido de Giustiniani para mostrar el contrato. Pero ape
lerá ante el Supremo Tribunal.
La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal le negó al senador socialista
 Rubén Giustiniani el acceso al texto completo del acuerdo entre YPF y la multina
cional Chevron por la explotación del yacimiento neuquino de Vaca Muerta, reso
lución que será apelada por el legislador ante la Corte Suprema de Justicia.
"La divulgación del contenido del acuerdo firmado con la firma Chevron puede comprometer secretos industriales, técnicos y científicos, con el consecuente incumplimiento contractual", respondieron los camaristas Rodolfo Facio y Carlos
 Grecco, al rechazar el pedido del senador por Santa Fe.
"Tampoco puede soslayarse que la confidencialidad invocada por YPF SA respecto
 de dicho acuerdo, otorga razonablemente el derecho a mantenerla, en tanto la di
vulgación de la información de aquella naturaleza puede provocar, al mismo tiem
po, el incumplimiento contractual y una afectación del referido derecho", apunta
ron.

Giustiniani -quien había presentado una "acción de amparo por acceso a la infor
mación"- informó a DyN que apelará ante Corte mediante "un recurso extraordina
rio", al considerar que "los argentinos merecen conocer un acuerdo que comprome
te reservas naturales, por lo tanto, no pueden ser secreto".
Recordó que la decisión de la Cámara "no fue unánime, es decir que uno de los
tres camaristas falló en disidencia" e insistió en que el acuerdo YPF-Chevron "es
 un contrato que ata al país a una concesión de 35 años, sin licitación, y compro
mete los recursos naturales y el medio ambiente y a sociedad no puede estar al
margen. Es un verdadero disparate que no se pueda conocer el contenido del con
venio".
El senador evitó hacer algún comentario sobre el fallo de la Cámara, pero dijo que
, si bien todavía no leyó los fundamentos de esa decisión, le asiste la razón para in
sistir con ese pedido de acceso pleno a la información del proyecto que involucra
al Estado argentino.
En su presentación ante la justicia, Giustiniani había solicitado que se condene a
 YPF SA a entregar la "documentación que negó expresamente, requerida median
te una nota del 22 de agosto de 2013, y su reiteratoria del 6 de septiembre de 2013".
"Dicho pedido está relacionado con la calidad ambiental y con las actividades a
desarrollar por YPF y Chevron en las áreas de Lomas de La Lata Norte y Loma
Campana", sostuvo en su momento el santafesino.
La Cámara recordó que "existe una norma legal específicamente aplicable a YPF
 SA, como es el artículo 15 de la ley 26.741", según el cual no le es aplicable "legis
lación o normativa administrativa alguna que reglamente la administración, ges
tión y control de las empresas o entidades en las que el Estado nacional o los Es
tados provinciales tengan participación", de modo tal que "no puede ser aplicada
 a YPF SA legislación o norma alguna de control de la administración".
El fallo reivindica la privacidad de esos detalles del contrato cuando se trate de
"secretos industriales, comerciales, financieros, científicos o técnicos; o informa
ción que comprometa los derechos o intereses legítimos de un tercero obtenida
 en carácter confidencial".
Los jueces aclararon también que "no puede soslayarse que la pretensión involu
cra a una empresa extranjera, que ha constituido con YPF SA relaciones jurídicas internacionales, sin que haya sido oída en este proceso, lo cual involucra no sólo
 una potencial afectación de su derecho constitucional a la defensa en juicio sino
 también, de manera indirecta, el interés nacional".
"Una solución en sentido contrario permitiría elípticamente que, por medio del
 mecanismo procesal elegido, el demandante accediera al contrato a pesar de que
 no cuenta con la habilitación para ello".
La tercera integrante del tribunal, la jueza Clara Do Pico, votó en disidencia, a
 favor de que le fuera entregado a Giustiniani el texto íntegro del contrato. 

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