domingo, 12 de junio de 2016

GENERAL MADARIAGA SE HABILITÓ LA PRÁCTICA DE LA CAZA DEPORTIVA



La actividad, fiscalizada por la Policía Rural, se podrá llevar a cabo hasta
 el 31 de julio inclusive.

Inició el periodo de caza deportiva menor y con ella los controles para ve

rificar que la práctica se lleve a cabo bajo la normativa exigida por el Minis
terio de Agroindustria.
La Policía Rural de nuestra ciudad realiza controles periódicamente y en

 ellos verifica si los cazadores cuenten con la documentación necesaria:
 licencia de caza deportiva, DNI, autorización por parte de la autoridad correspondiente para la tenencia del arma que se utilice y, en caso de
desarrollar la práctica dentro de un campo, también comprueban que
 posean el permiso (por escrito) de los encargados o responsables.
Es importante remarcar que las armas autorizadas para la práctica de la

 caza deportiva menor son: escopeta de cañón liso cargado con cartu
chos a perdigones y con aquellas que disparen munición calibre 22.
La distancia mínima establecida es de trescientos (300) metros con ar

ma que dispare perdigones y de mil quinientos (1500) metros con arma
 que dispare balas.
Dentro de las disposiciones se especifica las especies y la cantidad per

mitida:
Pato barcino o maicero (Anas georgica), Pato barcino chico (Anas flavi

rostris), Pato cuchara (Anas platalea), Pato picazo (Netta peposaca) y 
Pato viuda o silbón de cara blanca (Dendrocygna viduata), hasta un to
tal de siete patos, cualquiera sea la especie, por cazador y por día.
Liebre europea (Lepus europaeus) hasta diez liebres por día y por caza

dor,
Perdiz chica (Nothura maculosa) hasta seis perdices por día y por caza

dor.

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