sábado, 24 de marzo de 2018

Declaran inconstitucional un DNU de Macri que endureció la política migratoria

LPOLa justicia hizo lugar a un pedido del Cels y consideró que el presidente 
se basó en datos imprecisos.
La Sala V de la Cámara Contencioso Administrativo Federal declaró hoy inconstitucional el decreto de necesidad y urgencia (DNU) firmado por el presidente Mauricio Macri en enero del 2017, que modificaba la ley de 
Migraciones y fijaba condiciones más estrictas para el ingreso y perma
nencia de extranjeros en el país.
El tribunal, integrado por los camaristas
 Jorge Alemany, Guillermo Treacy yPablo Gallegos Fedriani, consideró -en 
un fallo de 50 carillas al que accedió Télam- que no existe en el país una "
situación crítica" que amerite la adopción de "medidas urgentes" sin la inter
vención del Parlamento para avanzar hacia una reforma de la política 
migratoria.
Macri firmó un DNU para endurecer las condiciones necesarias para lograr la residencia permanente. Por pedido del Cels, un 
Tribunal lo declaró inconstitucional. 
"La fundamentación estadística no parece 
justificar que se eluda la intervención del 
Congreso Nacional", evaluó la Sala V, que
 revocó así una sentencia de primera
 instancia -favorable al Gobierno- e hizo lugar a apelaciones presentadas por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), el organismo presidido por Horacio Verbitsky;  la Comisión Argentina para los Refugiados y Migrantes (Caref) y el Colectivo por la Diversidad (Copadi).
En enero del 2017, Macri firmó un DNU que introducía cambios a la Ley de Migraciones (25.871) y endurecía l
os requisitos para lograr la residencia permanente, no tomándose 
en cuenta las condiciones de arraigo. 
Para las organizaciones migrantes de Argentina, "estigmatizaba a los
 extranjeros, cargándolos con el estigma del narcotráfico".
En octubre, un fallo del Juzgado en lo Contencioso Adminisrativo Federal
 1, a cargo de Ernesto Marinelli, convalidó el decreto que agilizaba los 
procesos de expulsión del país de extranjeros con causas penales, tras 
una demanda colectiva presentada por organizaciones civiles.
Sin embargo, ese fallo fue apelado por el CELS, Caref y Copadi (además
 de los Defensores del Pueblo de la ciudad y la provincia de Buenos 
Aires, cuyas presentaciones fueron desestimadas).
Ayer, la Sala V de la cámara revocó lo resuelto por el juez Marinelli y 
declaró la "invalidez constitucional del decreto 70/2017" por entender
 que los "datos fácticos" a los que alude el DNU "no aparecen debida
mente acreditados".
Además, los camaristas adjudicaron a la norma "condiciones regresi
vas en materia de protección de los derechos humanos.
"Otros de los fundamentos del decreto presentan en forma sesgada 
las estadísticas disponibles de un modo que llevan a conclusiones 
inexactas", evaluaron también los jueces y argumentaron que el su
puesto "aumento" de la población extranjera en cárceles al que alude 
el decreto no se compadece con las estadísticas oficiales al respecto.
Mencionaron, como ejemplo, un informe estadístico del Sistema Nac
ional de Estadísticas sobre Ejecución de la Pena (Sneep), que señala 
que desde el 2012 hasta marzo de este año se mantuvo la misma pro
porción de extranjeros en cárceles del país: un 6 por ciento sobre el
 total de reclusos.
"El colectivo al que se refieren estas modificaciones de la ley migra
toria constituye un grupo vulnerable, en situación de inferioridad en 
cuanto al ejercicio real y efectivo de sus derechos; el decreto no hace 
más que perpetuar esta situación de sometimiento, respecto de todos 
los migrantes, ya que no se limita a los casos de quienes tienen ante
cedentes penales", remarcaron.
Con todo, la validez constitucional del DNU podrá ser materia de
 análisis para la Corte Suprema, si el Gobierno decide apelar este fallo 
y acudir a la máxima instancia judicial del país.

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