domingo, 17 de marzo de 2019

LA COSTA - SILVANA FRETES, OFICINA MUNICIPAL LICENCIAS DE CONDUCIR El fallo de La Costa que sentó precedente en la provincia


La encargada de la oficina municipal de Licencias de Conducir del

 partido de La Costa brindó detalles acerca del caso del vecino de
 Mar de Ajó, que gracias a la Justicia logró poder renovar su licencia
 de conducir profesional a los 65 años, y que con ello sentó 
precedente en la provincia de Buenos Aires para situaciones
 similares. Asimismo, la funcionaria se refirió a los pasos que se 
deben seguir para poder renovar el carnet en el caso de aquellos 
particulares que poseen multas. 
La semana pasada nos enterábamos a través de los medios nacio
nales que el caso de un vecino de Mar de Ajó, que solicitaba la reno
vación de la licencia de conducir profesional a los 65 años, había
 logrado un fallo favorable de la Justicia, sentando de esta manera 
precedente en la provincia de Buenos Aires. Para conocer más en
 profundidad la resolución que benefició al vecino de la zona sur del
 distrito, desde Opinión dialogamos con Silvana Fretes, Directora de
 la oficina municipal de Licencias de Conducir del partido de La Costa, 
quien brindó detalles al respecto.

En este sentido, la funcionaria especificó que en el mes de diciembre
 del año pasado “nosotros enviamos una consulta en relación a lo 
que entendíamos que era un error en la interpretación de la normativa”
, e informó que luego en el mes de febrero último se emitió un dicta
men “con una respuesta favorable en el sentido que habíamos
 planteado nosotros”, lo cual permitió que el vecino de Mar de Ajó 
pudiera tramitar la renovación de su licencia profesional de conducir,
 a pesar de haber cumplido los 65 años de edad.

Al respecto de ello, Fretes comentó: “Esta persona de Mar de Ajó con 
antelación, desde el año 1995 al 2009, tenía una licencia profesional 
que lo habilitaba a conducir taxis y remises. Después del año 2009 
dejó de renovar esta categoría por cuestiones personales, porque no
 se estaba desempeñando como taxista o remisero, y había renovado
 por 5 años la licencia particular, es decir que la persona había renun
ciado a la categoría. Cuando pretendió renovarla se encontró con que
 tenía 65 años”.

Debido a la normativa vigente, el vecino de zona sur se halló frente a 
la imposibilidad de la renovación de la licencia, según explicó la fun
cionaria, por una cuestión de “interpretación de la normativa no le
 permitía tener esa categoría, porque como se consideraba que su 
trámite era original, no debería tener la categoría de profesional”.
 Tengamos en cuenta que la ley establece que las personas mayores 
de 65 años de edad están imposibilitadas de solicitar la licencia de
 conducir profesional por primera vez.

No obstante, Fretes recordó que el vecino de Mar de Ajó “no era prin
cipiante”, debido a lo cual señaló que “la consulta se elevó porque 
esta persona tenía antigüedad en la categoría profesional que solici
taba”, por lo cual se pedían fundamentos en el caso en que el fallo
 fuera desfavorable. Junto al pedido, se envió evidencia del solicitante, 
ya que de acuerdo a lo que explicó la funcionaria “esta persona tenía 
en su poder una copia de la licencia del año 1995 al 2009, y a su vez 
trajo el certificado de legalidad, que era del municipio de Avellaneda, 
en el que se acreditaban las categorías que decía haber tenido”.

Finalmente, el dictamen fue a favor de lo solicitado, por lo que el 
vecino de Mar de Ajó pudo renovar su licencia profesional, pero lo
 más importante es que el caso ha sentado precedente en la provincia,
 acerca de lo cual Fretes mencionó: “La ventaja es que sabíamos que
 si esto salía en forma favorable el beneficio no iba a ser solo para esta
 persona, sino que se iba a hacer extensivo a todos los conductores 
que estén en las mismas condiciones y que iba a repercutir en toda la 
provincia”.

Por otra parte, durante la charla la funcionaria se refirió al caso que
 recientemente fue difundido en los medios, en el que finalmente la 
Justicia falló a favor de un motociclista bonaerense permitiéndole 
renovar su licencia de conducir a pesar de que se encontraba impe
dido a ello por una deuda de multas de tránsito que mantiene con el
 estado. Este caso generó inquietudes al respecto, en el sentido de
 si será extensivo a otros episodios similares.

Al respecto de ello, Fretes advirtió que este “no es el primer fallo que
 hay en ese sentido”, ya que aseguró que “ya ha habido fallos favo
rables, donde la justicia entendía que en estos casos existía la vía 
de apremio judicial, que es la manera que tiene el Estado de cobrar
 dichas infracciones”. En este sentido, la funcionaria aclaró que se
 trata de “fallos judiciales para casos particulares, no son fallos ple
narios que se aplican para toda la población”, por lo que indicó que
 “siempre la gente tiene la posibilidad de acudir a la Justicia cuando
 existe una infracción que impide continuar el trámite de licencia de
 conducir”, aunque aclaró que “el libre de deuda sigue siendo
 exigible, porque así lo indica la normativa provincial”.



Lic. Graciela Marker

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