martes, 16 de agosto de 2022

Todos los detalles sobre la implementación del anticipo extraordinario de Ganancias

AFIP.

AFIP.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio detalles 

sobre la implementación del pago anticipado extraordinario del Im

puesto a las Ganancias. Se trata de una medida que fue propuesta 

por el ministro de Economía, Sergio Massa, para que el Estado tenga

 más recursos.

El organismo que conduce Carlos Castagneto publicó este martes en

 el Boletín Oficial cómo se llevará a cabo el pago adelantado que im

pactará sobre “actores económicos locales se han visto beneficiados

 al obtener ingresos extraordinarios por la comercialización de ciertos 

productos y servicios”, tras el conflicto bélico que se desató en Euro

pa Oriental.

“Este conjunto de contribuyentes representa un universo inferior al 

UNO POR CIENTO (1%) del total de personas jurídicas que presentan

 las declaraciones juradas del impuesto”, destacaron en la Resolución

 General 5248/2022.

En el texto, la AFIP resaltó que el pago a cuenta de Ganancias lo harán

 las empresas cuyo monto del impuesto en la declaración jurada del pe

ríodo fiscal 2021 o 22 “sea igual o superior a $100.000.000″ o que “el

 monto del Resultado Impositivo que surge de la declaración jurada men

cionada, sin aplicar la deducción de los quebrantos impositivos de ejer

cicios anteriores conforme la mencionada ley del impuesto, sea igual o 

superior a $300.000.000″.

Por otro lado, indicaron que quedan excluidas “aquellas personas jurí

dicas que hubieran obtenido un certificado de exención del impuesto 

a las ganancias” durante aquel período.

Respecto a la aplicación de esta normativa, los sujetos alcanzados ten

drán que tener en cuenta la declaración jurada del impuesto del período

 fiscal 2021, si el cierre de ejercicio operó entre agosto y diciembre de 

2021, ambos inclusive.

Si esto ocurrió entre enero y julio del 2022, ambos inclusive, deberán 

considerar la declaración jurada de Ganancias del período fiscal 2022.

A su vez, en la resolución expresaron que el monto del pago a cuenta 

se determinará en base a los siguientes procedimientos.

“Sujetos alcanzados, respecto de los cuales el importe determinado de

 conformidad con el procedimiento establecido en el inciso a) del artí

culo 3° de la Resolución General No 5.211 y su modificatoria, para el pe

ríodo fiscal inmediato anterior a aquel al que corresponderá imputar el 

pago a cuenta, resulte superior a pesos cero ($ 0): 25% sobre dicho im

porte”, resaltaron.

Y siguieron: “Restantes sujetos alcanzados: 15% sobre el Resultado Im

positivo del período fiscal inmediato anterior a aquel al que corresponde

rá imputar el pago a cuenta, sin aplicar la deducción de los quebrantos

 impositivos de ejercicios anteriores conforme la Ley del Impuesto a las

 Ganancias”.

Cómo será el pago a cuenta por el anticipo extraordinario de Ganancias


AFIP mencionó en el Boletín Oficial que el pago a cuenta por el anticipo 

extraordinario de Ganancias será abonado en tres cuotas del mismo mon

to de manera consecutiva.

De esta manera, compartió el cronograma de pagos:

  • Cierre de ejercicio agosto a diciembre 2021: 22 de octubre/noviembre/
  • diciembre de 2022, respectivamente.
  • Cierre de ejercicio enero 2022: 22 de noviembre/diciembre de 2022 y 
  • enero de 2023, respectivamente.
  • Cierre de ejercicio febrero 2022: 22 de diciembre de 2022 y enero/fe
  • brero de 2023, respectivamente.
  • Cierre de ejercicio marzo 2022: 22 de enero/febrero/marzo de 2023, respectivamente.
  • Cierre de ejercicio abril 2022: 22 de febrero/marzo/abril de 2023, res
  • pectivamente.
  • Cierre de ejercicio mayo 2022: 22 de marzo/abril/mayo de 2023, res
  • pectivamente.
  • Cierre de ejercicio junio 2022: 22 de abril/mayo/junio de 2023, respec
  • tivamente.
  • Cierre de ejercicio julio 2022: 22 de mayo/junio/julio de 2023, respec
  • tivamente.

Si alguna de estas fechas coincide con un feriado o día inhábil, se trasla

dará al día hábil que le sigue.

Escrito por Noticias Argentinas
NA - Buenos Aires, Argentina

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