lunes, 31 de octubre de 2022

Liberaron a una de las detenidas por el intento de asesinato a Cristina Kirchner

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Liberaron a una de las detenidas por el intento de asesinato a Cristina Kirchner

La Cámara Federal porteña dejó en libertad a una de las detenidas por el 

intento de magnicidio contra Cristina Kirchner y le ordenó a la jueza Ma

ría Eugenia Capuchetti que eleve parcialmente la investigación a la etapa de

 juicio oral.

El fallo dispuso la falta de mérito respecto de la veinteañera Agustina Díaz,

 una amiga íntima de la detenida Brenda Uliarte, quien la tenía agendada en

 su teléfono celular como “amor de mi vida”.

“Con los elementos hasta ahora colectados no se ha evidenciado en Díaz 

ningún despliegue adicional de conducta —repetimos, de momento— 

que permita asignarle a su conducta relevancia jurídico-penal”, sostuvie

ron los jueces Mariano Lloren, Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia.

“Si bien no se puede descartar un cierto conocimiento de Díaz sobre el 

plan, tampoco se puede asumir que por esa sola circunstancia y las mani

festaciones efectuadas a Uliarte –donde no se aprecia contribución de 

cargo- se configure una complicidad secundaria”, sostuvo la Cámara al 

desvincular parcialmente a Díaz.

En cambio, el tribunal confirmó el procesamiento del jefe de los vendedo

res de algodón de azúcar conocido como “los copitos”, Gabriel Carrizo

aunque en su caso ordenó que se evalúe la posibilidad de morigerar su

 prisión preventiva por una forma domiciliaria, monitoreada con tobille

ra electrónica.

Carrizo, junto con Uliarte y el autor material del intento de magnicidio,

 Fernando Sabag Montiel, son así los únicos detenidos y para ellos la

 Cámara pidió que el expediente pase rápidamente a la etapa de juicio.

“Con la premura que el caso impone, eleve estas actuaciones respecto

 de los imputados cuyas situaciones procesales se encuentran resuel

tas a la instancia de debate oral y público, etapa que resulta la ade

cuada para el análisis y confronte global de los elementos probatorios

 aquí colectados”, dispuso el fallo.

Los jueces aclararon que la pesquisa no se agotará en ellos tres y or

denaron “continuar con las diligencias pertinentes en los demás leg

jos de investigación formados al efecto, y profundizar, agotando cual

quier hipótesis que pueda vincularse con este hecho de gravedad ins

titucional, determinar la pauta de contexto que motivara el fin perse

guido por los autores y eventuales o posibles cómplices del hecho 

criminal”.

Por ello, la jueza Capuchetti –dispone el fallo— “tendrá que ahondar la

 encuesta en orden a otras posibles hipótesis aún no dilucidadas, como 

ser la actuación de las agencias de seguridad y personal que se encon

traban a cargo de la custodia y seguridad de Cristina Fernández”.

Sobre Carrizo, el fallo sostiene que “durante la investigación surge que 

manifestó que tenía conocimiento del plan de sus consortes de causa,

 situación que se ve reforzada en orden a lo que se desprende de otros 

mensajes enviados en forma posterior al hecho, donde manifiesta haber

 entregado un arma para su concreción en días previos a éste”.

Si bien esa arma nunca apareció, ni nadie más habló de ella, los camaris

tas consideraron que la presunta existencia “echa por tierra la pretensión 

de la defensa sobre su ajenidad en los acontecimientos”.

“El hecho de que Sabag Montiel haya empleado otra arma y -posiblemente-

 adelantado su accionar respecto del presunto plan inicial, ello no exime de

 imputación a Carrizo pues el objetivo propuesto, la modalidad del ataque 

y el lugar de su comisión no se vieron alterados”, añadieron.

Si bien le confirmaron el procesamiento, los camaristas le quitaron la agra

vante de la “alevosía”, ya que consideraron que “no se vislumbra una

 situación de vulnerabilidad que aprovecha el autor para matar sobre se

guro, tal como pretende la norma penal en esa calificación agravada”.

“Lo que se exige para emitir un juicio de responsabilidad en esta etapa pro

visional, es la acreditación de los elementos probatorios que resulten sufi

cientes para reunir un estado de probabilidad que sitúe el trámite de las ac

tuaciones hacia la etapa de acusación y debate, donde –en definitiva— se

 discutirán y confrontarán todas las aristas sostenidas por las partes”, re

sume la resolución.

Escrito por 
NA - Buenos Aires, Argentina

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