viernes, 4 de junio de 2021

Monotributo insólito: sorpresa por deudas retroactivas a enero, cómo saber cuánto se debe

 


Esta semana, a través de la Resolución General 5003, la AFIP actualizó

 los parámetros y valores de las categorías para los monotributistas. 

Como la actualización llegó con seis meses de demora —en los años 

anteriores se aplicaba a partir de enero—, el organismo determinó que

 estos nuevos valores tendrán efectos retroactivos a partir de enero de

 2021.

Por eso, muchos monotributistas se encontraron que tienen una deuda,

 ya que la AFIP llevó adelante una categorización retroactiva, a enero de 

este año. Los nuevos valores de las categorías de monotributo se incre

mentaron un 35,3%, de acuerdo a la variación del haber mínimo para

 jubilaciones y pensiones, y se pueden consultar en en el sitio de la AFIP (monotributo.afip.gob.ar).Todos los contribuyentes del régimen simplificado fueron categorizados

 en forma retroactiva por única vez

“A partir de la actualización de los parámetros y valores del monotributo,

 todos los contribuyentes del régimen simplificado fueron categorizados 

en forma retroactiva por única vez. El procedimiento refleja la categoría 

en la que le correspondía encontrarse encuadrado a partir del 1º de febre

ro de 2021″, explicaron desde el organismo.

“El nivel de desconcierto que hay en los monotributistas es muy grande. 

Es el único régimen que hasta ahora venía respetando la ley por la cual 

se había creado como régimen especial y lo complejizaron tanto que hoy 

se da esta situación de cobro de deudas retroactivas en plena pandemia,

 con monotributistas que no tienen facturación. Es una situación que 

podría haberse resuelto hace seis meses. Esto genera el hartazgo de los contribuyentes, que terminan cayendo en la informalidad”, aseguró el 

tributarista Iván Sasovsky, CEO del estudio Sasovsky & Asociados.

¿Qué pasos deben seguir los monotributistas a partir de estos nuevos 

valores?

- Podrán solicitar la modificación de la categoría hasta el 25 de junio. 

Tienen que ingresar con clave fiscal al Portal Monotributo y seleccionar

 la opción “Categorización Retroactiva 2021”. En caso de no realizarlo,

se considerará que está a

ceptada la categoría asignada.

- Los monotributistas que abonen a través de débito automático tendrán 

que solicitar la modificación de la categoría hasta el 11 de junio para que

 se les debiten los importes correspondientes. O pedir un “stop debit” 

para el período fiscal de junio de 2021.

- Las diferencias por los nuevos valores (del pago mensual o de la nueva 

categoría) de los períodos enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2021, se 

podrán pagar hasta el 20 de julio. Se podrán regularizar también a través 

del Plan de Pagos Permanente.

- Las diferencias podrán consultarse desde el 1º de julio en el portal

 “Monotributo”, opción “Estado de cuenta” o en el servicio “CCMA –

 Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”, con Clave Fiscal.

- Si un contribuyente quedó encuadrado en una categoría inferior, ten

drá un saldo a favor que podrá usarse para futuros pagos.

Sin embargo, los nuevos valores y la recategorización retroactiva gene

raron incertidumbre especialmente entre los contribuyentes que a pesar

 de haber quedado recategorizados en una categoría más baja igual 

tienen una deuda.


No hay comentarios:

Publicar un comentario