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miércoles, 6 de julio de 2011

Un coto al pulpo Covelia , alguien le puso casacbel al gato.

Un juez federal de Quilmes intimó a la empresa de recolección de residuos del Conurbano a paralizar las obras en la cuenca Matanza-Riachuelo. Con esta resolución se busca proteger los "múltiples valores" de la zona donde Covelia opera
 
Mediante la resolución del juez federal de Quilmes Luis Armella, la Justicia prohíbe a la empresa de recolección de residuos Covelia hacer obras en predio cercano a la cuenca Matanza-Riachuelo.
La medida dispone la "inmediata paralización de obras en el Predio y Laguna Santa Catalina" y "la remoción de todo vehículo, maquinaria y material constructivo" en la zona. Ello, para preservar la cuenca, la cual "posee una rica biodiversidad, múltiples valores históricos y educativos" que se deben proteger.
El juez de Quilmes hizo lugar a una medida cautelar presentada en el marco de la causa "Mendoza", en la cual la Corte Suprema de Justicia ordenó en 2008 la puesta en marcha de un plan integral de saneamiento de la cuenca del Riachuelo.

Armella sostuvo en su resolución que "en la especie, el área ecológica en cuestión es el 'Predio y Laguna de Santa Catalina'- en Lomas de Zamora- uno de los humedales remanentes pertenecientes a la rivera sur de la región metropolitana y de la Cuenca Baja Matanza-Riachuelo, que posee una rica biodiversidad, múltiples valores históricos y educativos, además de un importante interés arqueológico y ambiental".
"Del análisis desarrollado por la actora surge la calidad del objeto que se intenta proteger, el Predio y Laguna Santa Catalina ya que este es un humedal de la Cuenca del Rio Matanza, un bien jurídico colectivo, que alberga una notable biodiversidad, posee formaciones boscosas autóctonas e implantadas, es un sitio de escala y anidaje de aves migratorias y posee atributos suficientes que lo llevarían a ser declarado Reserva Natural", continúa la resolución.
Por ese motivo, ordenó a la empresa Covelia S.A. la "inmediata paralización de toda obra, construcción o actividad en el Predio y Laguna Santa Catalina y la remoción de todo vehículo, maquinaria y material constructivo del mismo; como asimismo no permitir el ingreso de cualquier vehículo, maquinaria y/o material constructivo al predio citado".

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