El subsecretario de Coordinación del Ministerio de Planificación Federal, Roberto Baratta, respondió por Radio 10 las diez preguntas más comunes sobre el plan oficial. Cómo actuar para renunciar o solicitar la continuidad del beneficio
¿Quiénes estarán exceptuados del subsidio?
Los usuarios residenciales con mayores ingresos: aquellos que viven en Barrio Parque y Puerto Madero, en el ámbito de Capital Federal, y los countries de la provincia de Buenos Aires.
¿Cómo hago para renunciar al subsidio?
Cualquier usuario, a través de la distribuidora y de internet va a poder renunciar al subsidio. Va a ser un trámite ágil y dinámico. El registro va a ser, en primer término, la renuncia. Si yo considero que no debo recibir el subsidio, me anoto y listo
¿Qué hago si necesito seguir recibiendo el subsidio?
El que quiera seguir recibiendo el subsidio, lo va a seguir recibiendo y se cruzarán sus datos con la base de datos de la ANseS, la AFIP y Desarrollo Social, para determinar si la subvención es compatible con su situación patrimonial.
¿Tengo que justificar mi decisión?
No hace falta que lo justifique: va a ser por sí o por no. Cada uno, según su condición económica, va a saber si puede pagar o no.
¿Qué pasa si soy inquilino?
En el caso de quienes alquilan, pueden renunciar al beneficio como inquilinos y la renuncia al subsidio rige hasta el fin del contrato de alquiler. Va a ser el consumidor final el que va a renunciar o mantenerlo, porque la consulta se va a hacer en el punto de suministro.
¿Hay una segunda oportunidad para pedir el subsidio?
Aquel que no responde a la solicitud del beneficio que llegará con la próxima factura será considerado como renunciante a la subvención. Si se perdió la boleta o por la razón que fuera, se puede pedir el beneficio en meses subsiguientes. Por ejemplo, si una persona pierde el trabajo y cambia su situación patrimonial.
¿Qué pasa con los servicios comunes?
Un consorcio debe actuar de la misma forma que un consumidor particular. En ese caso debe decidir el consorcio si pide la continuidad del beneficio sobre el servicio o no.
¿Y si soy jubilado?
Los jubilados están dentro del régimen de excepciones creado en 2008. Todo el que cobre la jubilación mínima va a seguir subsidiado.
¿Y si recibo una asignación del Estado en otro concepto?
También continuarán beneficiados con el subsidio los discapacitados, electrodependientes o que perciban asignación universal por hijo. Directamente se los va a seguir subsidiando.
¿Qué sucede con los barrios cerrados con servicios básicos?
Está bien determinado en cada una de la distribuidoras qué tipo y calidad de servicios tiene ese country o barrio cerrado para considerarlo exceptuado del subsidio o plausible de seguir recibiéndolo.
Los usuarios residenciales con mayores ingresos: aquellos que viven en Barrio Parque y Puerto Madero, en el ámbito de Capital Federal, y los countries de la provincia de Buenos Aires.
¿Cómo hago para renunciar al subsidio?
Cualquier usuario, a través de la distribuidora y de internet va a poder renunciar al subsidio. Va a ser un trámite ágil y dinámico. El registro va a ser, en primer término, la renuncia. Si yo considero que no debo recibir el subsidio, me anoto y listo
¿Qué hago si necesito seguir recibiendo el subsidio?
El que quiera seguir recibiendo el subsidio, lo va a seguir recibiendo y se cruzarán sus datos con la base de datos de la ANseS, la AFIP y Desarrollo Social, para determinar si la subvención es compatible con su situación patrimonial.
¿Tengo que justificar mi decisión?
No hace falta que lo justifique: va a ser por sí o por no. Cada uno, según su condición económica, va a saber si puede pagar o no.
¿Qué pasa si soy inquilino?
En el caso de quienes alquilan, pueden renunciar al beneficio como inquilinos y la renuncia al subsidio rige hasta el fin del contrato de alquiler. Va a ser el consumidor final el que va a renunciar o mantenerlo, porque la consulta se va a hacer en el punto de suministro.
¿Hay una segunda oportunidad para pedir el subsidio?
Aquel que no responde a la solicitud del beneficio que llegará con la próxima factura será considerado como renunciante a la subvención. Si se perdió la boleta o por la razón que fuera, se puede pedir el beneficio en meses subsiguientes. Por ejemplo, si una persona pierde el trabajo y cambia su situación patrimonial.
¿Qué pasa con los servicios comunes?
Un consorcio debe actuar de la misma forma que un consumidor particular. En ese caso debe decidir el consorcio si pide la continuidad del beneficio sobre el servicio o no.
¿Y si soy jubilado?
Los jubilados están dentro del régimen de excepciones creado en 2008. Todo el que cobre la jubilación mínima va a seguir subsidiado.
¿Y si recibo una asignación del Estado en otro concepto?
También continuarán beneficiados con el subsidio los discapacitados, electrodependientes o que perciban asignación universal por hijo. Directamente se los va a seguir subsidiando.
¿Qué sucede con los barrios cerrados con servicios básicos?
Está bien determinado en cada una de la distribuidoras qué tipo y calidad de servicios tiene ese country o barrio cerrado para considerarlo exceptuado del subsidio o plausible de seguir recibiéndolo.