A continuación acompañamos un
análisis minucioso del informe aludido.-
SOLICITUD DE INFORMES SEGÚN F 95
2012/2013
ANALISIS DE LA RESPUESTA DEL PODER
EJECUTIVO.
Las respuestas no se
ajustan al cuestionario formulado, por lo que en este análisis se intentará
extraer del profuso texto remitido por el P.E., los conceptos vertidos, que entendemos se corresponden con las
preguntas en cada caso.
1.- Para que informe,
cual fue el presupuesto de gastos ejecutado para publicidad de los actos de
gobierno durante el curso del año 2011, con indicación de las partidas
aprobadas y/o modificadas.
Afirma el Poder
Ejecutivo en el informe elevado, que la
publicidad de los actos de gobierno del año 2011 insumió $ 73.557.955.-, incluidos en una única partida, la número 3.6.0 Publicidad
y Difusión.
Hace comentarios que
no tienen que ver con lo que se pregunta:
Manifiesta que la
provincia es la que menos recursos asigna a publicidad oficial en términos
relativos.
Que el gasto en
publicidad, en proporción al total del presupuesto se redujo del 0,43% en 2007 a 0,18% en 2012. (
2012, textual; no se aclara si son datos reales o presupuestados de 2012).
Compara con la Ciudad de Buenos Aires, que
tampoco viene al caso. (diciendo que se gastan $ 12.90 por habitante por año en
la provincia y $ 75.20 en la C.A .B.A. ).
2.- Para que informe, cuales fueron los
criterios utilizados para la distribución de la pauta publicitaria que destina
a realizar publicidad en los medios, durante el curso del año 2011.
Aquí se “aclara” que en las sumas
informadas no se incluyen, por no responder al criterio de publicidad de los
actos de gobierno, “la organización de eventos de carácter público o masivo.
Como criterios, se explaya en un
discurso retórico, afirmando que la pauta se asigna “… a partir de principios sociales,
económicos, normativos,
jurisprudenciales, administrativos y comunicacionales, lo que ha permitido
definir un criterio de razonabilidad, equidad, eficacia y eficiencia.”
Menciona como sustento al “amplio
espectro de medios de comunicación contratados”.
Que se respeta el criterio de la
distribución geográfica y demográfica.
Que los medios deben estar inscriptos
en un registro…
3.- Informado los criterios, acompañe listado de empresas y/o personas comprendidas en la adjudicación efectuada, consignando los valores asignados por dicha pauta, con indicación de modalidad de la percepción.
A este
punto, se responde de manera incompleta.
No se indica
monto por empresa, ni la modalidad de percepción.
Informa por conceptos:
concepto
/ Campaña
|
Importe
|
Publicación
de Avisos de Carácter Legal( licitaciones, edictos, etc.)
|
10,312,620.00
|
Promoción
de
|
11,568,733.00
|
Prevención
en materia se seguridad ciudadana
|
12,262,680.00
|
Prevención
y atención en Salud Pública.
|
8,077,531.00
|
Promoción
Regional de Inversiones y Fortalecimiento de
|
23,911,629.00
|
Información
sobre nuevos servicios y derechos en los municipios
|
5,064,909.00
|
Difusión
de Servicios esenciales para adultos mayores
|
585,963.00
|
Concientización
sobre el cuidado ambiental y el desarrollo sustentable
|
1,767,890.00
|
TOTAL
|
73,551,955.00
|
Se incluye un informe sobre la
publicidad efectuada por ARBA, que contiene las mismas falencias que el
principal.
Dedica largo párrafo para interpretar
los incrementos de la recaudación tributaria, como una consecuencia de las distintas
campañas de difusión del organismo ( las
conclusiones son meras conjeturas sin ninguna evidencia objetiva que lo
ratifique, amen de que es una cuestión extraña a la solicitud de informe).
Como
comentario al margen, no puede dejarse de practicar una observación: Si se
tomase como una verdad dogmática a este informe surrealista escrito por ARBA, La Legislatura debiera
sugerir que se aumente al doble la inversión en publicidad, pues de esa forma,
y casi automáticamente, aumentaría el 100% la recaudación.
Se informan los montos totales
invertidos por cada campaña, haciendo mención de los medios contratados, pero
sin especificar lo abonado a cada uno.
El siguiente es un resumen de lo informado:
Concepto
/ Campaña
|
Importe
|
Difusión
de Servicios y Mecanismos que agilicen el cumplimiento de los contribuyentes
y de notificacion de vencimientos y regimenes de facilidades de pago
|
6,875,866.59
|
De
fortalecimiento de la conciencia ciudadana y de la necesidad de cumplir en
tiempo y forma con las cargas tributarias
|
17,832,696.83
|
De
vinculación del pago de impuestos con el funcionamiento y desarrollo de los
servicios publicos y prestaciones sociales de la provincia
|
18,246,726.61
|
Fomentar
el desarrollo de una cultura tributaria y aumentar la percepción de riesgo
|
4,504,416.15
|
Publicaciones
legales y administrativas
|
198,724.36
|
TOTAL
|
47,658,430.54
|
A continuación, El Poder Ejecutivo agrega un informe del INSTITUTO PROVINCIAL DE
LOTERIA Y CASINOS.
Tal como el informe principal y el de
ARBA, comienza con un discurso panegírico de si mismo.
Describe la misión, visión, análisis de
gestión del Instituto, y de descripción de las campañas publicitarias que lleva
adelante.
Hace referencia a los nuevos juegos
lanzados por el Instituto y la forma en que se los difundió.
Se menciona los medios utilizados, pero
al igual que en los casos restantes, se omite informar los montos pautados en
cada medio.
Se detalla para el caso del INSTITUTO
PROVINCIAL DE LOTERIA Y CASINOS, la inversión por distintas campañas
publicitarias llevadas adelante en 2011, lo que totaliza un monto de:
$ 91.385.933.-
También el P.E. adjunta un informe preparado por el Banco
Provincia, en el cual reiterando la matriz del informe principal, se hace
énfasis en la gestión que lleva adelante el Banco, hecho ajeno al contenido de
la solicitud de informes.
Se ocupa de aclarar que el Banco “NO EFECTUA PUBLICIDAD DE ACTOS DE GOBIERNO,
DADO QUE NO EMITE DICHOS ACTOS”.
Acota que “la estrategia
publicitaria del BPBA, durante el período consultado, ha focalizado la
publicidad en la promoción específica de los productos y servicios del Banco.”
(SIC)
Enumera los medios utilizados, pero
reiterando los defectos de los informes precedentes, no individualiza las
partidas monetarias abonadas a cada medio, y ni siquiera informa cuanto ha sido
globalmente su inversión publicitaria.
Eso si, “Se pone en conocimiento de la Honorable Cámara
que el Banco Provincia no ha organizado espectáculo masivo alguno”.
DE ESTA FORMA, SUMANDO LAS TRES CIFRAS
INFORMADAS, SE LLEGA SIN QUE EL INFORME LO RESUMA, A QUE LA PROVINCIA HABRIA
GASTADO EN PUBLICIDAD DE LOS ACTOS DE GOBIERNO, LA
SUMA DE $ 212.596.318,54
4.- Para que informe, si de acuerdo a los
puntos anteriores, se incluyen los mecanismos de auspicios a programas o el
sostenimiento de productoras.
Desmenuzando las extensas y evasivas
respuestas enviadas por el P.E., se halla que: “LA CONTRATACION DE
PRODUCTORAS SE EFECTUA PARA LA REALIZACION
DE PIEZAS PUBLICITARIAS O SU EMISION EN DISTINTAS PLATAFORMAS
COMUNICACIONALES.”
Debe entenderse que lo gastado en estas
contrataciones se halla incluido en las cifras detalladas mas arriba.
El propio informe cita al art. 83 del
Reglamento de Contrataciones, diciendo que esta norma considera dentro del
concepto de publicidad oficial las tareas previas a la difusión de los actos de
gobierno, tales como la producción, realización y edición del material
publicitario.
5.- Para el caso afirmativo, acompañe listado de programas y productoras, con indicación de pauta asignada y modalidad de percepción.
No se encuentran en el Informe referencias que permitan tener
por contestado este punto.
6.- Para que informe, si en el periodo 2011, fue computado como gasto de publicidad, la organización de eventos y espectáculos de carácter público o masivo, que compromete el aporte de recursos provinciales.
Afirma el P.E. en la Respuesta bajo análisis,
que “este concepto no está incluido
dentro de las previsiones del artículo 83 del Reglamento de Contrataciones de la Provincia de Buenos
Aires”, (que se refiere a todo lo relacionado con la publicidad).
7.- Para que informe, si en el periodo 2011,
fue computado como gasto de publicidad, la organización de eventos y espectáculos
de carácter público o masivo, realizado por productoras de comunicación
contratadas por el Ejecutivo provincial u otros organismos provinciales, ya de
la administración central u organismos descentralizados.
Se reitera que no hay respuestas
específicas punto por punto.
No obstante, puede decirse que por lo
que se desprende del punto anterior, la respuesta también sería negativa.
8.- Para que informe, en función del presupuesto de gastos autorizado para publicidad de los actos de gobierno durante el curso del presente año 2012, si los criterios utilizados para la distribución de la pauta publicitaria que destina a realizar publicidad en los medios, serán los mismos que los utilizados durante el curso del año 2011 o se prevén modificaciones.
En un párrafo del informe, que puede
entenderse como dirigido a responder lo que para este punto se solicita, el
P.E. afirma que: “La distribución de la pauta publicitaria destinada a realizar
publicidad en los medios de comunicación se ha fijado tanto en el año 2011 como
en el presente año 2012 en un todo de acuerdo con la legislación vigente en la
materia…” (SIC).
9.- Para el caso de preverse modificaciones,
acompañará listado con indicación de pauta asignada y/o propuesta, modalidad de
percepción, así como empresas, personas, programas y productoras, incluidas
para el presente año.
No se informa nada al respecto
10.- Para que informe, si en el periodo
2012, se computará como gasto de publicidad, la organización de eventos y
espectáculos de carácter público o masivo, que compromete el aporte de recursos
provinciales.
No se hace una mención clara y
contundente que afirme en un sentido o en otro respecto de lo preguntado,
aunque cabe presumir por lo referido en el punto 8., que no habiéndose incluido
este tipo de eventos dentro de la partida publicitaria del 2011, el mismo
criterio debiera extenderse al año 2012.
11- Para que informe, si en el periodo 2012,
será computado como gasto de publicidad, la organización de eventos y
espectáculos de carácter público o masivo, realizado por productoras de
comunicación contratadas por el Ejecutivo provincial u otros organismos
provinciales, ya de la administración central u organismos descentralizados.
Con indicación de partidas que serán afectadas.
Tampoco para este punto hay referencias
precisas, pudiendo entenderse con buena voluntad que resulta aplicable la
presunción comentada para el punto 10.
Dr. Alfredo César Meckievi
Presidente del Bloque de Senadores
UNION – PRO PERONISTA
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