la pena a tres años de prisión de ejecución en suspenso contra
la dirigente social jujeña.
El Tribunal también revocó el sobreseimiento de Sala por el delito de amenaza, tal como había solicitado el mandatario provincial.
Los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Juan Carlos
Gemignani rechazaron los recursos interpuestos por las
defensas de Sala y María Graciela López y confirmaron la
sentencia dictada el 3 de febrero de 2017 por el Tribunal Oral
en lo Criminal Federal de Jujuy.
Ese fallo había condenado a Sala y López a las penas de tres
años de prisión cuya ejecución se dejó en suspenso, por
resultar instigadora y coautora, respectivamente, del delito
de daño agravado.
También, por el mismo delito, se sentenció a Gustavo Ramón
Salvatierra a dos años de prisión cuya ejecución de la pena se
dejó en suspenso.
Ahora, la decisión de Casación hizo lugar al recurso interpuesto
por Morales y revocó los sobreseimientos por prescripción de la
acción penal dictados a favor de Sala, López y Salvatierra por el
delito de amenazas y ordenó la remisión de las actuaciones al
tribunal de juicio para que dicte un nuevo fallo conforme a dere
cho y a las constancias de la causa.
Los hechos sobre los que recayó sentencia tuvieron lugar el día
16 de octubre de 2009, en el edificio del Consejo de Ciencias
Económicas de la ciudad de San Salvador de Jujuy, al realizarse
un escrache durante una conferencia sobre el control de los
fondos públicos que tenía por disertantes al entonces presiden
te de la Auditoría General de la Nación Leandro Despouy, el
auditor Alejandro Nieva y al entonces senador nacional Morales.
Buenos Aires, NA.
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