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itular del Juzgado Correccional nº 1 Departamental, Dra. María Eva
Merlo, condenó recientemente en un juicio abreviado a un vecino de
Castelli juzgado en el marco de una causa por “exhibiciones
obscenas”, hecho ocurrido en dicha localidad.
Merlo, condenó recientemente en un juicio abreviado a un vecino de
Castelli juzgado en el marco de una causa por “exhibiciones
obscenas”, hecho ocurrido en dicha localidad.
El juicio fue consensuado por el Fiscal y el Defensor –con acuerdo
del procesado- en cuanto a la calificación y la pena a imponer.
Según surge del veredicto, en marzo de 2016 en el Club Deportivo
de Castelli un joven con retraso madurativo fue incitado y alentado
por seis masculinos para que se desnudara, y luego para que
recorriera el salón donde había numerosas personas mientras uno
de aquellos lo filmaba.
La progenitora del joven efectuó la denuncia ante la posibilidad que lo
ocurrido fuera delito, existiendo una cantidad de testigos que corrobo
raron lo sucedido, identificado a los responsables y en particular a quien
había gravado imágenes, las que habían sido también difundidas en
un video que circulaba por Whatsapp.
Precisamente en ese video se puede ver como el joven comienza a
sacarse la ropa, que les dice que el calzoncillo no se lo sacaría, y como
esas personas lo arengaban para que sí lo hiciera, tras lo cual lo hacen
correr alrededor de la pista dos o tres vueltas mientras se ríen de la
situación.
del procesado- en cuanto a la calificación y la pena a imponer.
Según surge del veredicto, en marzo de 2016 en el Club Deportivo
de Castelli un joven con retraso madurativo fue incitado y alentado
por seis masculinos para que se desnudara, y luego para que
recorriera el salón donde había numerosas personas mientras uno
de aquellos lo filmaba.
La progenitora del joven efectuó la denuncia ante la posibilidad que lo
ocurrido fuera delito, existiendo una cantidad de testigos que corrobo
raron lo sucedido, identificado a los responsables y en particular a quien
había gravado imágenes, las que habían sido también difundidas en
un video que circulaba por Whatsapp.
Precisamente en ese video se puede ver como el joven comienza a
sacarse la ropa, que les dice que el calzoncillo no se lo sacaría, y como
esas personas lo arengaban para que sí lo hiciera, tras lo cual lo hacen
correr alrededor de la pista dos o tres vueltas mientras se ríen de la
situación.
Para la Juez la exhibición estuvo en condiciones de ser vista de manera
involuntaria por terceros, ya que se realizó en un sitio público durante un
evento donde había muchas personas, siendo a su vez filmada por el i
mputado y reproducida con posterioridad a través de whatsapp.
La Dra. Merlo en el análisis del caso precisó, que el joven que se había
desnudado, padece incapacidad mental declarada judicialmente, por lo
cual no era penalmente responsable de lo sucedido. Que no obstante y en
modo alguno, ello desincriminaba al sujeto y/o sujetos de atrás, “quie
nes fueron coautores mediatos” del hecho, ya “que teniendo dominio
del mismo utilizaron al joven como instrumento del actuar ilícito
-exhibiciones obscenas- a través del dominio de su voluntad”.
“Mas allá que no han sido procesadas ni requeridas ajuicio las restan
tes personas -todas identificadas con nombre y apellido en la causa-,
(..) y que también tomaron parte en la utilización del joven para la reali
zación del hecho penal, el imputado fue individualizado desde el primer
momento como uno de los coautores mediatos, ya que surgía en la
filmación del video y porque fue reconocido por los testigos a quienes
esas imágenes se les exhibió”, resalta la Magistrada.
Por ello la Dra. Merlo resolvió condenar a Sergio Daniel Mounet,
apodado “Terco”, de 31 años de edad, domiciliado en la ciudad de Cas
telli, como coautor mediato, penalmente responsable del delito de “
Exhibiciones obscenas”, imponiéndole una multa como pena.-
involuntaria por terceros, ya que se realizó en un sitio público durante un
evento donde había muchas personas, siendo a su vez filmada por el i
mputado y reproducida con posterioridad a través de whatsapp.
La Dra. Merlo en el análisis del caso precisó, que el joven que se había
desnudado, padece incapacidad mental declarada judicialmente, por lo
cual no era penalmente responsable de lo sucedido. Que no obstante y en
modo alguno, ello desincriminaba al sujeto y/o sujetos de atrás, “quie
nes fueron coautores mediatos” del hecho, ya “que teniendo dominio
del mismo utilizaron al joven como instrumento del actuar ilícito
-exhibiciones obscenas- a través del dominio de su voluntad”.
“Mas allá que no han sido procesadas ni requeridas ajuicio las restan
tes personas -todas identificadas con nombre y apellido en la causa-,
(..) y que también tomaron parte en la utilización del joven para la reali
zación del hecho penal, el imputado fue individualizado desde el primer
momento como uno de los coautores mediatos, ya que surgía en la
filmación del video y porque fue reconocido por los testigos a quienes
esas imágenes se les exhibió”, resalta la Magistrada.
Por ello la Dra. Merlo resolvió condenar a Sergio Daniel Mounet,
apodado “Terco”, de 31 años de edad, domiciliado en la ciudad de Cas
telli, como coautor mediato, penalmente responsable del delito de “
Exhibiciones obscenas”, imponiéndole una multa como pena.-
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