Las armas electrónicas no letales podrán ser utilizadas por miembros
de fuerzas policiales y de seguridad federales. Expectativa ante la
posible llegada a la Provincia.
de fuerzas policiales y de seguridad federales. Expectativa ante la
posible llegada a la Provincia.
no letales por parte de miembros de fuerzas policiales y de seguridad
federales.
La medida fue dispuesta través de la resolución 395/2019, publicada
en el Boletín Oficial y firmada por la ministra Patricia Bullrich, y llega
luego de que en enero pasado desde la cartera anunciaran la compra
de pistolas Taser para utilizar -en un principio- en estaciones de
trenes y aeropuertos.
En ese marco, se instruyó a los titulares de la Policía Federal, de la
Policía de Seguridad Aeroportuaria, de la Prefectura Naval y de Gen
darmería Nacional "a que procedan a la inmediata implementación
de cursos de capacitación específica para el empleo de armas
electrónicas no letales".
En los considerandos de la disposición se remarca que la incorpo
ración de esas armas "permitirá abordar situaciones operacionales
en las que resulte necesaria la utilización de la fuerza sin el empleo
de armas de fuego, siendo un medio intermedio para ejercer un
uso racional y gradual de la fuerza ante situaciones de enfrenta
mientos con personas violentas o amenazantes".
Asimismo, se destaca que "la normativa y la doctrina internacional
dan cuenta de los resultados obtenidos en los estudios médicos y
técnicos realizados en prestigiosas universidades (...), donde se
concluye que el empleo de las armas electrónicas no tiene efectos
letales sobre las personas".
En tanto, en el anexo de la resolución del Ministerio de Seguridad
se determina que se hará uso de las armas electrónicas no letales
en los siguientes casos: "para inmovilizar, proceder a la detención
o para impedir la fuga de quien manifieste peligro inminente de
lesionar a terceras personas o de auto lesionarse; cuando deba
ejercerse la legítima defensa propia o de terceras personas; o para
impedir la comisión de un delito de acción pública".
Asimismo, en otro de los puntos de la reglamentación se deja claro
que "ante el necesario empleo de armas electrónicas no letales,
funcionarios de las fuerzas policiales y de seguridad federales
deberán identificarse como tales de viva voz advirtiendo su inme
diata intervención, salvo que dicha acción pueda suponer un ries
go de lesiones para otras personas, o cuando resultare ello evi
dentemente inadecuado o inútil, dadas las circunstancias del caso".
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