paliar los efectos de la crisis.
El presidente Alberto Fernández dispuso el congelamiento de los
precios de los alquileres, la suspensión de los desalojos por falta
de pago y el congelamiento de las cuotas de los créditos hipote
carios hasta el último día de septiembre, a través de la firma de
dos DNU.
precios de los alquileres, la suspensión de los desalojos por falta
de pago y el congelamiento de las cuotas de los créditos hipote
carios hasta el último día de septiembre, a través de la firma de
dos DNU.
El jefe de Estado le puso la firma a las medidas que había anuncia
do días atrás en medio de la emergencia por el avance del corona
virus. La medida busca paliar los efectos económicos que genera
rá el parate de gran parte del mundo laboral por la cuarentena.
do días atrás en medio de la emergencia por el avance del corona
virus. La medida busca paliar los efectos económicos que genera
rá el parate de gran parte del mundo laboral por la cuarentena.
El decreto apuntado a los alquileres congela el precio vigente al
30 de marzo y prorroga la vigencia de los contratos siempre y
cuando sea "con conformidad de la parte locataria". En consonan
cia, las deudas que se puedan producir por la diferencia con el
contrato firmado se pagarán a partir de octubre en 3 cuotas, sin
intereses. No obstante, la medida también suspende en todo el
territorio las sentencias de desalojo por el mismo periodo tempo
ral.
30 de marzo y prorroga la vigencia de los contratos siempre y
cuando sea "con conformidad de la parte locataria". En consonan
cia, las deudas que se puedan producir por la diferencia con el
contrato firmado se pagarán a partir de octubre en 3 cuotas, sin
intereses. No obstante, la medida también suspende en todo el
territorio las sentencias de desalojo por el mismo periodo tempo
ral.
El locador podrá exceptuarse de la medida si acredita que depende
del alquiler para satisfacer sus necesidades básicas. En esos ca
sos se deberá sostener una mediación obligatoria antes de judicia
lizar la situación.
del alquiler para satisfacer sus necesidades básicas. En esos ca
sos se deberá sostener una mediación obligatoria antes de judicia
lizar la situación.
En cuanto a los créditos hipotecarios, también se suspenderán el
aumento en el valor de las cuotas, siempre y cuando los inmuebles
sean destinados a vivienda única. A la vez que se pausan las eje
cuciones hipotecarias bajo las mismas condiciones. Asimismo, se
suspenden "las ejecuciones prendarias respecto de créditos pren
darios UVA".
aumento en el valor de las cuotas, siempre y cuando los inmuebles
sean destinados a vivienda única. A la vez que se pausan las eje
cuciones hipotecarias bajo las mismas condiciones. Asimismo, se
suspenden "las ejecuciones prendarias respecto de créditos pren
darios UVA".
Al igual que con los alquileres las diferencias se pagarán en 3 cuo
tas sin interés desde octubre. Sin embargo, en caso de producirse
deudas por falta de pago, estas se abonarán en tres tramos con in
tereses compensatorios y sin penalidades
tas sin interés desde octubre. Sin embargo, en caso de producirse
deudas por falta de pago, estas se abonarán en tres tramos con in
tereses compensatorios y sin penalidades
El congelamiento de alquileres alcanza a los siguientes casos:
1. De inmuebles destinados a vivienda única urbana o rural.
2. De habitaciones destinadas a vivienda familiar o personal en
pensiones, hoteles u otros alojamientos similares.
pensiones, hoteles u otros alojamientos similares.
3. De inmuebles destinados a actividades culturales o comunitarias.
4. De inmuebles rurales destinados a pequeñas producciones fami
liares y pequeñas producciones agropecuarias.
liares y pequeñas producciones agropecuarias.
5. De inmuebles alquilados por personas adheridas al régimen de
Monotributo, destinados a la prestación de servicios, al comercio
o a la industria.
Monotributo, destinados a la prestación de servicios, al comercio
o a la industria.
6. De inmuebles alquilados por profesionales autónomos para el
ejercicio de su profesión.
ejercicio de su profesión.
7. De inmuebles alquilados por Micro, Pequeñas y Medianas Empre
sas (MiPyMES) conforme lo dispuesto en la Ley N° 24.467 y modifi
catorias, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la
industria.
sas (MiPyMES) conforme lo dispuesto en la Ley N° 24.467 y modifi
catorias, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la
industria.
8. De inmuebles alquilados por Cooperativas de Trabajo o Empre
sas Recuperadas inscriptas en el INSTITUTO NACIONAL DE ASO
CIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES).
sas Recuperadas inscriptas en el INSTITUTO NACIONAL DE ASO
CIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES).
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