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domingo, 19 de abril de 2020

Kicillof consultará con los intendentes la aplicación de las nuevas excepciones al aislamiento

El gobierno nacional dispuso la apertura de algunas actividades, que

 deberán ser ratificadas por los gobernadores, Los mandatarios pro

vinciales tendrán la facultad de limitar su alcance. La Provincia ya ade

lantó que se buscará un consenso con los jefes comunales.

Kicillof consultará con los intendentes la aplicación de las nuevas excepciones al aislamiento

Tras recibir los informes de los gobernadores de todas las provin

ciasde nuestro país, el Gobierno oficicializó la lista con las 11 nue
vas actividades que serán exceptuadas de la cuarentena, en el mar
co de la pandemia de coronavirus.
Esta apertura, señala el texto dado a conocer por el gobierno nacio
nal, podrán ser dejadas sin efecto por el Jefe de Gabinete (Santiago
 Cafiero) en cualquier tiempo y circunstancia, “según la evaluación 
que se realice, con intervención de la autoridad sanitaria nacional, 
de la evolución de la situación epidemiológica”.
Sin embargo, adquiere sustancial relevancia el artículo 3 del decreto, 

en el que aclara que la decisión queda en manos de los mandatarios 
provinciales, en cuanto a la suspensión los rubros de la excepción 
en función de la situación sanitaria de su provincia.
En efecto, desde el gobierno bonaerense aclararon que "ante las 

nuevas excepciones que permitió el Gobierno nacional vía decisión 
administrativa, es preciso aclarar que cada provincia deberá regla
mentar la aplicación de estas excepciones en su territorio".
Al respecto, añadieron que "el Gobierno de la Provincia consultará

 con cada distrito la aceptación de las excepciones y el estricto cum
plimiento de los protocolos, tal como se estipula en el articulo 3" de
 la norma.

Dicho artículo expresa que "cada jurisdicción provincial deberá dic

tar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo de las activi
dades y servicios exceptuados, pudiendo limitar el alcance de las 
mismas a determinadas áreas geográficas o a determinados munici
pios o establecer requisitos específicos para su desarrollo, que 
atiendan a la situación
epidemiológica local y a las características propias del lugar, con el

 fin de minimizar el riesgo de propagación del virus".
La decisión del presidente Alberto Fernández se produce luego de 

dialogar con los gobernadores el jueves, mientras que el viernes lo 
hizo con los titulares de todos los bloques del Congreso nacionales.
 En tanto, ayer mantuvo una videoconferencia con jefes comunales 
de todo el país, entre ellos Guillermo Montenegro, de Mar del Plata, y 
Héctor Gay, de Bahía Blanca.
Por su parte, el gobernador Kicillof realizó encuentros, personales y/o

 virtuales, con los alcaldes de la provincia, con quienes analizó la reali
dad de cada región, recibiendo los pedidos para reactivar, con la prio
ridad siempre puesta en la salud, algunas actividades productivas en
 zonas de baja circulación del coronavirus.
En el transcurso de las charlas quedó claro que desde el interior se 

propuso abrir un poco la cuarentena, mientras que los intendentes del
 Conurbano, zona de particular atención, se descartaron cambios. Por
 el contrario, se habla de endurecer los controles sobre el movimiento
 de personas, aunque haciendo eje en un tipo de encierro "barrial".
La Decisión Administrativa, que lleva el número 524, detalla las acti

vidades incluidas en la apertura:
- Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servi

cios e impuestos.
- Oficinas de rentas de las Provincias, de la Ciudad de Buenos Aires 

y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.
- Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guar

dias mínimas.
- Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través 

de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros meca
nismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente
 mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguar
dos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún ca
so los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.

- Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo

 y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
- Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por

 imagen, con sistema de turno previo.
 - Ópticas, con sistema de turno previo.
- Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías asegurado

ras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros de
nunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso
 se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán 
hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.
- Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia

 de género.
- Producción para la exportación, con autorización previa del Ministe

rio de Desarrollo Productivo.
- Procesos industriales específicos, con autorización previa del Minis

terio de Desarrollo Productivo

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