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lunes, 12 de octubre de 2020

Cuáles son los distritos de la región que deberán hacer cuarentena más estricta

 


Mar del Plata, Tandil, Bahía Blanca y San Nicolás, junto con el AMBA,

 deberán continuar con el ASPO, mientras que en el resto de la provin

cia se aplicará el DISPO, la cuarentena más flexible. Qué se puede y

 qué no se puede hacer en cada caso, según el decreto publicado hoy

 en el Boletín Oficial.

Los distritos de General Pueyrredón (Mar del Plata), Tandil, Bahía 

Blanca y San Nicolás, así como toda la zona AMBA son en la pro

vincia los que deberán mantener el Aislamiento Social Preventivo

 y Obligatorio (ASPO), en  tanto que el resto de los partidos bonae

renses continuarán en la fase de Distanciamiento Social Preventivo

 y Obligatorio (DISPO).

Así lo determina el Decretto 792/2020 que publica hoy el Boletín 

Oficial y oficializa la extensión de la cuarentena hasta el 25 de

 octubre. 

En el decreto se detallan los departamentos de 18 provincias sobre 

los que se está fijando la atención sanitaria por el aumento y persis

tencia de los casos. En Buenos Aires, además de la zona del Conur

bano, el foco está puesto en los cuatro distritos especificados, puesto

 que sSon los sitios que presentan  transmisión comunitaria sostenida

 del virus, aumento brusco del número de casos de Covid-19 o tensión

 en el sistema de salud.

Todos los demás distritos estarán alcanzados por el Distanciamiento

Social Preventivo y Obligatorio (DISPO), esto es mayor flexibilidad que

 en el caso anterior. En el decreto se mencionan, además de cuestiones

 sanitarias, en especial la saturación del sistema de salud,  “factores

 locales, culturales, sociales y conductuales que influyen en forma deter

minante en este proceso”, algo que no se había puesto en consideración anteriormente.

Para las zonas en DISPO se habilitan la realización de eventos culturales,

 recreativos o religiosos con concurrencia de hasta 10 personas, respe

tando la distancia de dos metros y los protocolos correspondientes. Pero

 se prohíben los eventos sociales o familiares en espacios sociales y do

micilios particulares “cualquiera sea el número de concurrentes”.  

Se podrá practicar deportes al aire libre, con no más de 10 personas, 

respetando la distancia. 
También “queda prohibida la circulación de las personas alcanzadas 

por la medida de “distanciamiento social, preventivo y obligatorio”,

 por fuera del límite del aglomerado, departamento o partido donde

 residan, salvo que posean el “Certificado Único Habilitante para Cir

culación - Emergencia COVID-19”

Otro punto importante señala que “se deberá permitir el acompaña

miento durante la internación y en los últimos días de vida, de los y

 las pacientes con diagnóstico confirmado de COVID-19 o de cualquier 

otra enfermedad o padecimiento”.

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