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miércoles, 25 de noviembre de 2020

La provincia de Buenos Aires estableció 13 protocolos para la temporada veraniega en la Costa

 


Regirán desde el 1 de diciembre. Establecen reglas para el servicio de desa

yuno y comidas en hoteles, para la climatización de espacios comunes, la 

distancia mínima entre sombrillas y los fogones en los campings, entre 

otros puntos.

Alojamientos, playas y balnearios, campings, establecmientos de turismo 
rural, agencias de viaje, parques temáticos y atraciones en la provincia de
 Buenos Aires deberán aplicar 13 protocolos a partir del 1 de diciembre, 
cuando comience la temporada veraniega .

Estos procedimientos, establecidos por el ministrio de Producción, Cien

cia e Innovación tecnológica, incluyen guías para los sectores de la acti

vidad turística y constituyen medidas generales focalizadas en el distan

ciamiento social, el lavado frecuente de manos y el uso de tapabocas

 para la realización de cualquier tipo de actividad.
Hoteles y alojamientos

En el caso de los alojamientos, no se habilitarán espacios comunes, como 

sala de estar, salones de usos múltiples o de juegos.


Los desayunos y comidas incluídas en la tarifa deberán suministrarse en

 la habitación o en la modalidad “para llevar”: podrán ser consumidas en el 

desayunador o comedor del hotel, siempre y cuando se cumpla con el 

aforo del 30%, distanciamiento social y condiciones de higiene y desinfec

ción.

La climatización de los espacios comunes se deberá realizar exclusiva

mente con ventilación natural para garantizar la renovación del aire con

 ventilación cruzada. El uso de aires acondicionados de tipo split o ven

tana estará permitido en las habitaciones donde se encuentran los gru

pos de convivientes, pero no los aires acondicionados centrales.

En la playa

En el caso de los balnearios, no estará permitida la realización de

 actividades deportivas grupales o recreativas en la que no pueda ga

rantizarse la distancia preventiva de 2 metros entre personas.

La distancia mínima entre sombrillas deberá ser de dos metros y la ca

pacidad máxima por sombrilla y por carpa será determinada por cada 

municipio.
Las piscinas podrán funcionar solo al aire libre y con un sistema de 

turnos que garantice un aforo del 30%.Tampoco estarán habilitados los 

gimnasios en los balnearios, ni el sector de juegos infantiles.

En las playas públicas, a las medidas generales de distanciamiento y 

uso de tapabocas se sumará la desinfección periódica de los sanita

rios públicos, que deberá ser garantizada por los gobiernos municipa

les.
También deberá proveerse lugares adecuados para lavado de manos

 con agua y jabón (dispensador de jabón líquido/espuma, toallas des

cartables o secadores de manos) y alcohol al 70%, ubicados a una

 altura no mayor de 1,20 m para garantizar su alcance por todas las

 personas.

Los campings

En cuanto a los campings, su funcionamiento estará habilitado con un

 aforo del 50%, permitiendo el acampe parcela de por medio.


En el caso de las mesas, piletas de lavado y parrillas o fogones se podrán

 utilizar respetando la distancia social mínima de 2 metros entre perso

nas que no pertenezcan al mismo grupo conviviente.

El uso de baños y vestuarios estará determinado por un sistema de tur

nos para evitar aglomeraciones y los espacios de juegos y canchas 

deportivas no estarán habilitados.


El Gobierno informó que estas medidas regirán desde el 1 de diciem

bre cuando se habilite la temporada veraniega que se extenderá hasta 

el 4 de abril de 2021.

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