El presidente de la Nación Alberto Fernández, modificó su idea inicial
y ahora cada gobernador podrá decidir a partir de un índice epidemio
lógico.
Luego de la revuelta protagonizada este jueves por intendentes, comer
ciantes y empresarios por las nuevas restricciones a la nocturnidad
que propone el Gobierno, el presidente Alberto Fernández tomó el pedi
do de algunos gobernadores para que el “toque de queda” no sea obli
gatorio en todo el país.
Según pudo saber este medio, los equipos técnicos trabajan por estas
horas para la incorporación en el decreto de dos requisitos epidemioló
gicos que definirán la potestad de mandatario provincial de adecuar la
restricción a su distrito.
De esta manera, se estableció que haya un coeficiente de contagiados
que se hará comparando los casos de la última quincena de diciembre
de 2020 con la primera quincena de 2021. Ese coeficiente se actuali
zará cada 15 días.
El otro ítem del coeficiente elaborado por el ministro de Salud de la
Nación, Ginés González García, tendrá como parámetro a las ciudades
con más 150 contagios cada 100.000 habitantes.
Si la suba de afectados por COVID-19 supera los 150 contagiados en
una ciudad o localidad con más de 100.000 habitantes, el gobernador
respectivo “deberá dictar normas reglamentarias para limitar la circu
lación por horarios o por zonas”.
De esta manera, en la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, podrá
cumplir con la encomienda de los jefes Comunales costeros que hasta
ayer mantenían arduos pedidos para que las restricciones se implemen
ten en sus municipios después de la 1 de la mañana.
En principio, las medidas son:
1. Se frena la circulación nocturna en todo el país.
2. El horario prohibición será de 23 a 5 de la mañana. Puede ocurrir que
finalmente sea desde las 24.
3. Se establecerá un piso mínimo de contagio para establecer excepcio
nes solicitadas por los gobernadores. Si el piso se mantiene, no se
aplica la prohibición. Si sube con el correr de los días, esa excepción
queda anulada.
4. La violación a las nuevas disposiciones que anunciará el Gobierno
estarán comprendidas en el artículo 205 del Código Penal. Eso signi
fica que los infractores serán denunciados ante la justicia.
5. Se habilitará el secuestro de vehículos y la imposición de multas.
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