Se trata de amparos presentados por las principales fortunas del país
para evadir el aporte extraordinario. AFIP ya recaudó más de $ 234.000
millones.
Lo que los medios opositores pronosticaron como una “gran catarata de
judicializaciones” nunca llegó. La gran mayoría de los multimillonarios
abonaron en tiempo y forma el aporte extraordinario a las grandes for
tunas. Hasta el momento, la Justicia rechazó 61 presentaciones de los
ultra ricos, a quienes les forzó a pagar tal como la ley los obliga. AFIP ya
lleva recaudados más de $ 234.000 millones.
Existen 290 acciones judiciales en marcha en todo el país iniciadas por
contribuyentes con patrimonios superiores a los $ 200 millones contra el
pago del Aporte Solidario y Extraordinario, pudo saber El Destape por
fuentes oficiales. Sobre ese universo, la Justicia ya rechazó 61 presenta
ciones, lo que incluye acciones declarativas y amparos.
Solamente se mantienen vigentes 10 medidas concedidas por los tribu
nales a multimillonarios. Tal es el caso en el que la jueza Cecilia Gilardi
Madariaga de Negre suspendió el pago del empresario Alejando Scanna
pieco. La Nación se apalancó en ese fallo para pronosticar: “Se espera
que la gran catarata de judicializaciones”.
El primer fallo de fondo
En junio pasado se conoció un primer fallo que fue a la cuestión de fon
do. El juez Walter Lara Correa, a cargo del Juzgado Nacional en lo Con
tencioso Administrativo Federal 10, rechazó euna acción de amparo in
terpuesta con el fin de que se declare la inconstitucionalidad el “aporte
solidario y extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pan
demia”.
Desde la AFIP señalaron a este medio que el fallo define sobre la situa
ción de fondo que se incluyó en más de una de las presentaciones ju
diciales. La presentación promovía una acción de amparo a los efectos
de obtener la inconstitucionalidad del aporte. El caso, uno de los casi
300 presentados ante la Justicia, había planteado la decisión estatal le
produjo sobre su derecho a la propiedad, de acuerdo con el escrito de
57 páginas al que accedió El Destape.
El juez federal respondió que para que sea viable el amparo, debe estarse
frente a un acto que sea manifiestamente arbitrario o ilegal, sin necesidad
de someter el proceso a mayor debate y prueba. La ley que se cuestiona
en el caso, “fue sancionada siguiendo el procedimiento de formación y sa
nción de leyes previsto en la Constitución Nacional, y debatido ampliamen
te en las respectivas comisiones”. La ley discutida es producto del debate
parlamentario, de esta manera, se cumplió con la manda convencional
aludida.
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