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El diputado nacional Rodolfo Tailhade se presentó en la Fis
calía ante la Cámara de Apelaciones en lo Comercial, a cargo
de Gabriela Boquín, a efectos de informar una serie de giros
al exterior por un total de 262.500 euros en noviembre de 2018 remitidos por Socma Americana S.A., controlante de Correo
Argentino S.A., al Meinl Bank, la entidad bancaria austríaca
que está acusada de complicidad con las maniobras frau
dulentas llevadas a cabo por la familia Macri en el concurso
de quiebra.
Se trata de tres giros por 87.500 euros cada uno, concreta
dos en los días 20, 21 y 28 de noviembre de 2018, que vie
nen a demostrar la relación espuria entre los Macri y el
Meinl Bank, en tanto son pagos que no tienen ninguna jus
tificación y que se ejecutaron por fuera del expediente, en
fraude al resto de los acreedores que no han podido hasta
el momento cobrar un solo peso de Correo Argentino S.A. Recuérdese que la Fiscal Boquín estableció que el Meinl
Bank asumió una conducta contraria a sus propios intere
ses, en tanto renunció a cobrar prácticamente la totalidad
de sus créditos verificados en el concurso, que ascendían
a más de 120 millones de dólares, evidenciando una com
plicidad evidente con los Macri a lo largo de todo el proceso. Estos pagos que ahora fueron descubiertos podrían mos
trar parte del dinero que el banco austríaco le cobró a los
Macri para mantener esa posición en el expediente, y vie
nen a corroborar el manejo delictivo que hicieron del con
curso de acreedores. Los envíos de dinero de los Macri al Meinl Bank se produje
ron poco antes de que el Banco Central Europeo suspen
diera su licencia para operar por lavar dinero de terroristas
y narcos. Los principales ejecutivos del banco están pre
sos o prófugos. El diputado anunció este viernes pasado, que llevará esta
información a la justicia penal, promoviendo denuncia
contra Mauricio Macri, Gianfranco Macri, todos los ejecuti
vos de Socma que hayan participado de estos hechos, y
las autoridades del Meinl Bank, porque los hechos son
delictivos en los términos del art. 180 del Código Penal,
que establece que será reprimido con prisión de un mes
a un año, el acreedor que consintiere en un concordato,
convenio o transacción judicial, en virtud de una conniven
cia con el deudor o con un tercero, por la cual hubiere es
tipulado ventajas especiales para el caso de aceptación
del concordato, convenio o transacción. La misma pena
sufrirá, en su caso, todo deudor o director, gerente o admi
nistrador de una sociedad anónima o cooperativa o de una
persona jurídica de otra índole, en estado de quiebra o de
concurso judicial de bienes, que concluyere un convenio
de este género”.
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