El Tribunal de Trabajo nº 2 de Lanús determinó que la ley de Fertilización Asistida provincial es inconstitucional debido a que limita la posibilidad de recibir tratamiento a mujeres de entre 30 y 40 años
La provincia de Buenos Aires sancionó una ley en la que se estimaba que las empresas de medicina prepaga y obras sociales debían incluir dentro de su oferta el tratamiento de fertilización asistida. Pero en este caso el Tribunal del Trabajo nº 2 de Lanús, que está integrado por los jueces Miguel Angel Díaz Casas, Jorge Daniel Candis y Luis Alberto Gómez, determinó que “no surge fundamento alguno que permita darle sustento al límite de cobertura basado en la edad mínima y máxima de la requirente, que aparece en forma totalmente abrupta y rtificiosa”. El fallo será apelado por la Fiscalía de Estado.
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