Dos fallos judiciales de cámara frenaron la aplicación de los decre
tos presidenciales que disuelven la Autoridad Federal de del Servi
cio de Comunicación Audiovisual creada por la ley de Medios Audio
visuales. Así, se mantienen el AFSCA y la Autoridad de Tecnologías
de la Información y las Comunicaciones (Aftic)
tos presidenciales que disuelven la Autoridad Federal de del Servi
cio de Comunicación Audiovisual creada por la ley de Medios Audio
visuales. Así, se mantienen el AFSCA y la Autoridad de Tecnologías
de la Información y las Comunicaciones (Aftic)
en vigencia una medida precautelar dispuesta por el juez platense Luis
Arias, quien había suspendido los Decretos de Necesidad y Urgencia
que derogaron parcialmente la Ley de Medios audiovisuales.
En el otro fallo, la Cámara Federal de Mar del Plata hizo lugar a la vía
del amparo promovido por la Asociación de Radiodifusoras Bonaeren
ses y del Interior de la República Argentina (Arbia) y advirtió sobre "la
entidad de los derechos constitucionales" violados por los decretos
presidenciales.
La resolución de la cámara de la Plata lleva la firma de los jueces Ro
berto Lemos Arias, María del Rosario Durán y César Álvarez, y anula
un fallo anterior dictado por el juez federal 4 de esta ciudad, Alberto
Recondo.
El magistrado había avalado los decretos que disolvieron la Autoridad
Federal del Servicio de Comunicación Audiovisual (AFSCA) y la de Tec
nologías de la Información y las Comunicaciones (AFTIC), unificando
los organismos en el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), en
una virtual derogación de varios artículos de la Ley de Servicios Au
diovisuales.
Para ello, Recondo había revocado, a su vez, una medida precautelar
dictada por el juez en lo contencioso administrativo Luis Arias, que
disponía la suspensión de los decretos presidenciales y que ahora
vuelve a tener vigencia.
La Cámara federal de La Plata resolvió también apartar a Recondo de
la causa y designó en su reemplazo al titular del Juzgado Federal 2,
Adolfo Gabino Ziulu, para que siga la trámite.
En sus fundamentos, el tribunal de alzada platense cuestionó el pro
ceder de Recondo al sostener que constituyó un “acto procesal ex
temporáneo” que violó las garantías del debido proceso y defensa
en juicio.
Destaca que el magistrado desplazado dictó su fallo avalando los de
cretos presidenciales sin dar vistas a los litigantes de la apelación
presentada por el abogado del Estado nacional.
En tanto, la Cámara Federal de mar del Plata hizo lugar a la presenta
ción hecha por Osvaldo Francés, titular de la entidad que nuclea a pe
queños radiodifusores del interior del país y vicepresidente del di
suelto Consejo Federal de Comunicación Audiovisual (Cofeca).
"La entidad de los derechos constitucionales cuya violación es aquí
aducida, ameritan la apertura de la vía del amparo, pues no sólo se
relacionan con el derecho a la libertad de expresión, sino que inclu
so se encuentran vinculados con la forma republicana de gobierno"
, sostuvo el tribunal marplatense con las firmas de los jueces Jorge
Ferro y Eduardo Pablo Jiménez.
"Es claro aquí que los decretos impugnados disuelven el organismo
integrado por el amparista, afectándose así nítidamente facultades
de actuación que habían sido alcanzadas mediante la designación le
gítima como representante en el Cofeca", argumentaron los jueces.
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