El Diputado massista Lisandro Bonelli presentó una iniciativa para re
glamentar la “instalación y uso” de cercos eléctricos en viviendas de
la provincia de Buenos Aires como medida para combatir la inseguri
dad producto de la inacción del Estado en esta materia
glamentar la “instalación y uso” de cercos eléctricos en viviendas de
la provincia de Buenos Aires como medida para combatir la inseguri
dad producto de la inacción del Estado en esta materia
dentro y afuera de la Legislatura. El Diputado del Frente Renovador, Li
sandro Bonelli presentó un proyecto de ley que propone reglamentar la
“instalación y uso” de cercos eléctricos en viviendas de la provincia de
Buenos Aires como medida para combatir la inseguridad.
La argumentación dada por el diputado radica en “la crisis en materia de
seguridad” y en la necesidad de “llenar el vacío legal que hoy existe en
la Provincia respecto de la utilización de los cercos eléctricos”.
“Frente a la crisis en materia de seguridad en que se encuentra inmersa
la Provincia, gran parte de la ciudadanía siente que los esfuerzos del Es
tado para combatirla son insuficientes o tardíos”, señala.
“Por ello la sociedad ha comenzado a implementar medidas de seguri
dad tendientes a proteger su integridad física y la de sus familias y sus
bienes. Entre ellas, encontramos la instalación de cercos eléctricos de
seguridad perimetral”, agrega.
“La instalación y uso de cercos eléctricos de seguridad para uso priva
do en la Provincia se regirá por las disposiciones de la presente ley, su reglamentación y las demás disposiciones que emita la autoridad de
aplicación”, reza el Artículo 1 de la norma.
Más adelante, en su sexto Artículo, Bonelli establece que “la altura míni
ma a la que deben estar emplazados los cercos eléctricos de seguridad
será de 2,20 metros contados desde el nivel del suelo” y estipula que
“la instalación, reparación, mantenimiento y remoción de los cercos eléc
tricos” solo podrá realizarse por personal habilitado y que las estructu
ras ya existentes deberán adecuarse a la norma dentro de los 120 días
de su reglamentación.
Por último, Bonelli sostiene que “la controversia en torno a este siste
ma de defensa surge en aquellos casos en los que los propietarios, sin
el menor conocimiento acerca de electricidad, conectan por su cuenta
, o contratando a un supuesto técnico, un alambrado directamente a la
corriente de 220 volt de la red, con el riesgo de causar la muerte que
aquello conlleva. Por ello, entendemos que el presente proyecto de ley
resulta indispensable”.
Y continúan: “En la esfera del derecho penal, los cercos eléctricos con
figurarían lo que la doctrina denomina offendiculas, es decir escollos,
obstáculos, impedimentos que imponen una resistencia normal, al que
intente violar el derecho ajeno”, agrega.
De la reglamentación quedan excluidos “los cercos eléctricos de uso
rural (boyeros) y los utilizados en las dependencias de las fuerzas de
seguridad provinciales y nacionales y de las fuerzas armadas acanto
nadas dentro de los límites de la Provincia”.
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