El Juzgado en lo Civil y Comercial 11 determinó que durante tres
meses, las prestadoras del servicio deberán abstenerse de incre
mentar las tarifas.
meses, las prestadoras del servicio deberán abstenerse de incre
mentar las tarifas.
gentina de la Provincia (CTA de los Trabjadores) y la Asociación de
Defensa de Usuarios y Consumidores (Deuco), fue avalada por la Jus
ticia platense.
De esa manera, el Juzgado en los Civil y Comercial nº11 suspendió el
aumento de las tarifas de la luz eléctrica en Buenos Aires por el plazo
de tres meses y ordenó a las prestadoras "abstenerse de efectuar cor
tes" por falta de pago o aplicar multas. Asimismo, la resolución, firma
da por María Cecilia Valeros de Corica, ordena que “las empresas eléc
tricas deberán abstenerse de efectuar cortes en el suministro de ener
gía por falta de pago y de aplicar multas y/o por el no pago la factura”.
Además, señala que la distribuidora deberá "devolver los importes mal
devengados en forma de créditos a futuras facturas a efecto de una
compensación económica”.
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