Fue porque el incremento tarifario "no exhibía una proporción adecuada al
aumento del poder adquisitivo de la población", destacó
de acuerdo sobre si deben avalar o rechazar la política tarifaria de los
servicios públicos para los sectores no alcanzados por la tarifa social y
casos de excepción.
Basado en la "categoría testigo de 'pequeñas demandas de uso residencial'
por ser la que comprende a la mayor cantidad de usuarios), en la que se dis
puso un aumento tarifario del 125% para el área de la Distribuidora Edelap
SA; de 55% para el área de EDEA SA; de 75% para EDEN SA; y de 85% para
EDES SA. Y similares valores de incremento se observan en la categoría
de pequeñas demandas de uso general", el juez Luis Federico Arias, del
Juzgado Contencioso Administrativo 1 de La Plata, dio lugar a la cautelar
presentada por el defensor del pueblo de la Provincia con el Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos.
El magistrado consideró que "dichas proporciones contrastan ostensible
mente con los niveles inflacionarios reportados por el Indec y los incre
mentos salariales o de haberes jubilatorios de la población en general,
que se hallan alrededor del 18% al 20% y que son de público y notorio conocimiento".
Asimismo, el escrito destaca que "el incremento tarifario no exhibía una
proporción adecuada al aumento del poder adquisitivo de la población,
vinculando la razonabilidad de la tarifa a la capacidad de pago de los
usuarios, y no a la sola rentabilidad empresaria".
Un mes atrás la Cámara de Apelaciones Contenciosa Administrativa de La
Plata había suspendido el fallo judicial de primera instancia que había fre
nado la aplicación del aumento en la luz para los usuarios del Gran La Pla
ta y el interior de la provincia, que promediaba el 58 por ciento.
El juez Arias ordenó librar oficio a la demandada para que en el plazo de
cinco días de notificada de su resolución el Ministerio de Infraestructura
de la provincia "elabore un informe sintetizado respecto del cronograma
de aumento de las tarifas, sus porcentajes según distintas categorías de
usuarios y áreas de concesión".
Se habían sumado a la demanda del defensor del pueblo la Asociación de
Defensa de Usuarios y Consumidores (Deuco), Usuarios y Consumidores
en Defensa de sus Derechos, Modecuma, Accuc, Asociación de Defensa
de Derechos de Usuarios y Consumidores (Adduc) y el defensor del pue
blo de la Municipalidad de General Pueyrredón.
por ser la que comprende a la mayor cantidad de usuarios), en la que se dis
puso un aumento tarifario del 125% para el área de la Distribuidora Edelap
SA; de 55% para el área de EDEA SA; de 75% para EDEN SA; y de 85% para
EDES SA. Y similares valores de incremento se observan en la categoría
de pequeñas demandas de uso general", el juez Luis Federico Arias, del
Juzgado Contencioso Administrativo 1 de La Plata, dio lugar a la cautelar
presentada por el defensor del pueblo de la Provincia con el Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos.
El magistrado consideró que "dichas proporciones contrastan ostensible
mente con los niveles inflacionarios reportados por el Indec y los incre
mentos salariales o de haberes jubilatorios de la población en general,
que se hallan alrededor del 18% al 20% y que son de público y notorio conocimiento".
Asimismo, el escrito destaca que "el incremento tarifario no exhibía una
proporción adecuada al aumento del poder adquisitivo de la población,
vinculando la razonabilidad de la tarifa a la capacidad de pago de los
usuarios, y no a la sola rentabilidad empresaria".
Un mes atrás la Cámara de Apelaciones Contenciosa Administrativa de La
Plata había suspendido el fallo judicial de primera instancia que había fre
nado la aplicación del aumento en la luz para los usuarios del Gran La Pla
ta y el interior de la provincia, que promediaba el 58 por ciento.
El juez Arias ordenó librar oficio a la demandada para que en el plazo de
cinco días de notificada de su resolución el Ministerio de Infraestructura
de la provincia "elabore un informe sintetizado respecto del cronograma
de aumento de las tarifas, sus porcentajes según distintas categorías de
usuarios y áreas de concesión".
Se habían sumado a la demanda del defensor del pueblo la Asociación de
Defensa de Usuarios y Consumidores (Deuco), Usuarios y Consumidores
en Defensa de sus Derechos, Modecuma, Accuc, Asociación de Defensa
de Derechos de Usuarios y Consumidores (Adduc) y el defensor del pue
blo de la Municipalidad de General Pueyrredón.
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