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viernes, 8 de septiembre de 2017

Milani va a juicio oral por enriquecimiento ilícito

LPOLo dispuso Rafecas, porque no pudo justificar su nivel de gastos
 ni la compra de la mansión en La Horqueta.

Telam
El juez federal Daniel Rafecas dispuso este viernes mandar a 
juicio oral al ex jefe del Ejército del kirchnerismo, César Milani, 
para que responda por las acusaciones de enriquecimiento 
ilícito junto a un compañero de armas que habría actuado como 
testaferro.
A Milani se lo acusa de "haber incrementado ilícita e injustifica
damente de manera apreciable su patrimonio durante el período
 que ejerció la función pública dentro del Ejército Argentino". Y 
se aclara que concretamente se habla desde el 2001, momento
 en el cual el nombrado fue promovido al cargo de Coronel,
 hasta mediados de 2013, cuando se efectuó la denuncia. 
Milani no pudo justificar su nivel de gastos ni la compra de una
 casa de La Horqueta que mide 1.150 metros cuadrados, se 
encuentra en una zona exclusiva del conurbano norte y fue
escriturada por 1,5 millón de pesos.
En su descargo ante la justicia Milani había dicho que un amigo
 militar, Eduardo Barreiro, le prestó 200.000 dólares para comprar 
la casa en el exclusivo barrio La Horqueta, y que se los entregó 
en un "bolso chiquito" durante un brindis que se llevó a cabo en
 el Edificio Libertador.
Para la justicia, Barreiro fue usado como "persona interpuesta" 
-testaferro- por Milani "para disimular su enriquecimiento injusti
ficado a través de un supuesto préstamo que no se compadece 
con sus reales posibilidades económicas declaradas y acreditadas".
En las últimas semanas, el juez Rafecas giró la causa entre las
 partes y tanto la fiscalía como el Gobierno, a través de la Oficina 
Anticorrupción, avalaron que el caso llegara a juicio oral.
El ex jefe del Ejército se encuentra detenido desde el 17 de febrero 
pasado en el marco de una causa por delitos de lesa humanidad 
en la última dictadura militar que tramita en la Justicia Federal de
 La Rioja y en Tucumán.
El Código Penal castiga con "reclusión o prisión de dos a seis 
años", más una multa del 50 por ciento sobre valor del enriqueci
miento e inhabilitación absoluta perpetua, a quien "no justificare 
la procedencia de un enriquecimiento patrimonial apreciable suyo
 o de persona interpuesta para disimularlo, ocurrido con posterio
ridad a la asunción de un cargo o empleo público y hasta dos años 
después de haber cesado en su desempeño".
La causa comenzó a mediados de 2013 y después de una serie de 
peritajes los expertos de la Corte Suprema determinaron que "no
 aparece justificado ni el patrimonio del señor Milani, ni sus consu
mos, esto es, los importes mínimos que hubiera necesitado para
 atender sus necesidades personales y las de su familia".
Según dijeron, "la ecuación ingresos contra inversiones y compras,
 de acuerdo a la documentación aportada, es inconsistente".
"El Sr. Milani no puede justificar la compra del inmueble sito en calle 
O'Higgins N° 3636, entre Blanco Encalada y Acceso Norte, de la
 localidad y partido de San Isidro", se señaló.
Esa casa de 1.150 metros cuadrados en San Isidro fue pagada con
 1.500.000 de pesos en efectivo, señalaron las fuentes.
Milani justificó que había recibido un préstamo del militar Eduardo 
Enrique Barreiro, pero -según el informe- ello "no fue incluido por 
ninguna de las partes en sus declaraciones ante los organismos de
 control, y el mutuo que lo instrumenta no reúne los requisitos 
mínimos de fecha cierta, ni autenticación de los firmantes".
"Se encuentran correctamente reunidos los elementos de juicio 
suficientes y necesarios que para esta etapa del proceso se requie
ren, como para sostener en contra de César Milani y Eduardo 
Barreiro una imputación como la descripta y considerar acreditado,
 en base a ello, el sustento fáctico y jurídico necesarios para 
avalar los requerimientos de elevación a juicio formulados por 
el Sr. Fiscal y la querella", sostuvo hoy en su escrito el juez Rafecas.
A su criterio, "es el juicio oral el momento en el cual se dilucida
rán los extremos argumentados por las defensas, como resultado 
de los principios de inmediación, contradicción, oralidad y 
publicidad, que cobran plena vigencia en la etapa de plenario
 prevista por nuestro ordenamiento procesal en dirección a 
ventilar la responsabilidad penal de los imputados". 

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