A poco más de una semana de ir a las urnas en las legislativas de me
dio término, los conceptos a tener en cuenta a la hora de ingresar al
cuarto oscuro y elegir los candidatos.
Para que el voto tenga validez hay que poner un sólo candidato por
categoría.
Muchos ciudadanos al ingresar al cuarto oscuro no tienen definido su categoría.
voto o tienen definidos algunos candidatos pero no otros de la misma
boleta. Entonces recurren al corte de esa lista que en la quinta sección
electoral tiene 4 cuerpos con candidatos a Senadores Nacionales,
Diputados Nacionales, Senadores Provinciales y Concejales, más
consejeros escolares debajo en esa cuarta parte de la boleta.
Dichas boletas de las agrupaciones y frentes políticos que lograron
superar las primarias se dividen entonces en cuatro categorías que
están separadas por una línea punteada. Pero hay que tener claro el
corte para que el voto sea válido y no impugnado o nulo a considera
ción de la Justicia Electoral, luego de las anotaciones de los fiscales
y el presidente de cada mesa.
superar las primarias se dividen entonces en cuatro categorías que
están separadas por una línea punteada. Pero hay que tener claro el
corte para que el voto sea válido y no impugnado o nulo a considera
ción de la Justicia Electoral, luego de las anotaciones de los fiscales
y el presidente de cada mesa.
Para que el sufragio tenga validez hay que poner un sólo candidato
por categoría, ya que si se coloca en un sobre dos listas de una mis
ma categoría el voto será impugnado y considerado nulo. Esos votos
válidos son los emitidos mediante boleta oficializada aun cuando
tuvieran tachaduras de candidatos, agregados o sustituciones a causa
de un borrado adrede. Si un mismo sobre contuviera dos o más bole
tas oficializadas correspondientes al mismo partido y categoría de
candidatos, solo se computará una de ellas destruyéndose las restan
tes.
por categoría, ya que si se coloca en un sobre dos listas de una mis
ma categoría el voto será impugnado y considerado nulo. Esos votos
válidos son los emitidos mediante boleta oficializada aun cuando
tuvieran tachaduras de candidatos, agregados o sustituciones a causa
de un borrado adrede. Si un mismo sobre contuviera dos o más bole
tas oficializadas correspondientes al mismo partido y categoría de
candidatos, solo se computará una de ellas destruyéndose las restan
tes.
Los votos nulos son aquellos emitidos mediante boleta no oficializa
da, o con papel de cualquier color con inscripciones o imágenes
de cualquier naturaleza. También son los emitidos mediante boleta
oficializada que contenga inscripciones o leyendas; mediante dos o
más boletas de la misma categoría de candidatos y diferente agrupa
ción política; mediante boleta oficializada que por destrucción par
cial, defecto o tachaduras, no contenga, por lo menos sin rotura o
tachadura, el nombre del partido y la categoría de candidatos a elegir
y cuando en el sobre juntamente con la boleta se hayan incluido
objetos extraños a ella.
da, o con papel de cualquier color con inscripciones o imágenes
de cualquier naturaleza. También son los emitidos mediante boleta
oficializada que contenga inscripciones o leyendas; mediante dos o
más boletas de la misma categoría de candidatos y diferente agrupa
ción política; mediante boleta oficializada que por destrucción par
cial, defecto o tachaduras, no contenga, por lo menos sin rotura o
tachadura, el nombre del partido y la categoría de candidatos a elegir
y cuando en el sobre juntamente con la boleta se hayan incluido
objetos extraños a ella.
Por otro lado, los votos recurridos son aquellos cuya validez o
nulidad fuere cuestionada por algún fiscal presente en la mesa. Ese
voto se anotará en el acta de cierre de comicio como “voto recurri
do” y será escrutado oportunamente por la Junta Electoral, que
decidirá sobre su validez o nulidad. En tanto que los votos impug
nados se refieren a aquellos emitidos por un elector cuya identidad
ha sido cuestionada por las autoridades de mesa o los fiscales.
nulidad fuere cuestionada por algún fiscal presente en la mesa. Ese
voto se anotará en el acta de cierre de comicio como “voto recurri
do” y será escrutado oportunamente por la Junta Electoral, que
decidirá sobre su validez o nulidad. En tanto que los votos impug
nados se refieren a aquellos emitidos por un elector cuya identidad
ha sido cuestionada por las autoridades de mesa o los fiscales.
EL CASO DEL PARTIDO VECINAL
En el distrito costero un candidato va con “boleta corta”. Se trata de
Pablo López, de Compromiso Vecinal, que no lleva candidatos a
Senadores Nacionales, Diputados Nacionales ni tampoco Senadores
Provinciales por la quinta sección. Para tomarlo como ejemplo, en
este caso un elector puede meter su boleta de candidato a concejal
con otras de los otros tres cuerpos o bien sola. Si elige la primera
opción se contabiliza un voto para López y también para los Senado
res Nacionales, Diputados Nacionales y Senadores Provinciales que
haya elegido (pueden ser todos del mismo partido o no).
Pablo López, de Compromiso Vecinal, que no lleva candidatos a
Senadores Nacionales, Diputados Nacionales ni tampoco Senadores
Provinciales por la quinta sección. Para tomarlo como ejemplo, en
este caso un elector puede meter su boleta de candidato a concejal
con otras de los otros tres cuerpos o bien sola. Si elige la primera
opción se contabiliza un voto para López y también para los Senado
res Nacionales, Diputados Nacionales y Senadores Provinciales que
haya elegido (pueden ser todos del mismo partido o no).
Lo que no tendría validez sería colocar en el sobre la boleta de López
junto con la de otro candidato a concejal en La Costa. Allí el voto
sería impugnado en el conteo de votos para concejales ya que com
parten la categoría. En los últimos años ha aumentado el corte de
boleta en la Provincia de Buenos Aires donde cada ciudadano, bien
informado, tiene el derecho de elegir a sus candidatos en cada cate
junto con la de otro candidato a concejal en La Costa. Allí el voto
sería impugnado en el conteo de votos para concejales ya que com
parten la categoría. En los últimos años ha aumentado el corte de
boleta en la Provincia de Buenos Aires donde cada ciudadano, bien
informado, tiene el derecho de elegir a sus candidatos en cada cate
oría de una misma boleta.
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