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sábado, 22 de agosto de 2020

Los jubilados de la mínima perderán $1.175 mensuales a partir de septiembre

Con la suspensión de la ley, el Estado tendrá un ahorro fiscal de 

$72.000 millones, según estimaciones de IARAF

Los jubilados de la mínima perderán $1.175 mensuales a partir de septiembre

Los jubilados con el haber mínimo recibirán a partir de septiembre
 $1.175 menos que lo que les habría correspondido si no se hubiese
 suspendido la ley de Movilidad Jubilatoria, con cuyos criterios el 
pago sería de $19.304 en lugar de los $18.129 anunciados, de acuer
do con estimaciones del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF).

La entidad dirigida por el economista Nadín Argañaraz precisó que el 
cambio de la ley por la aplicación de aumentos por decreto represen
tará para el Estado nacional un ahorro de $72.000 millones entre di
ciembre de 2019 y noviembre de este año, aunque a costa de “una 
pérdida relativa del poder de compra para los jubilados y pensiona
dos bajo lo que correspondía por la ley de Movilidad”.

Los cálculos sobre lo que los jubilados ganaron o perdieron con el cam
bio de criterio para los ajustes de sus haberes son complicados debido
 a que en el primer aumento por decreto, en marzo de este año, hubo
una combinación de porcentaje (2,3%) con suma fija, que mejoró la po
sición de las jubilaciones y pensiones más bajas pero deterioró los habe
res medios y superiores.

Como los aumentos del junio y septiembre fueron porcentuales y sin
 suma fija, la comparación es más sencilla y deja en evidencia que to
dos los niveles de jubilaciones y pensiones fueron desfavorecidas: en
 junio el incremento fue del 6,12%, cuando hubiera correspondido un
10,89% según la ley de Movilidad, en tanto el 7,50% anunciado para sep
tiembre es inferior al 9,88% si no se hubiese suspendido la aplicación
de la ley sancionada en diciembre de 2017.

La ley establecía un actualización de los haberes según la evolución
 trimestral de los precios minoristas y de los salarios de la economía
 formal, ocurridos en el trimestre previo con dos trimestres de diferi
miento. 
“Para determinar la actualización de septiembre 2020, por ejemplo, se
 considerarían los aumentos del primer trimestre 2020”, indicó IARAF
en su análisis, en el que detalló que “la inflación de ese trimestre fue
de 7,80% y la variación de la Remuneración Imponible Promedio de los
Trabajadores Estables (RIPTE) fue de 14,72%”, por lo que “al ponderar
los por la fórmula de movilidad (el 70% del primer índice y el 30% del
segundo) se obtenía de la formula el 9,88%”.
 
Conforme a la movilidad establecida en la ley, los aumentos de 11,56%
 de marzo, 10,89% en junio y el 9,88% de septiembre hubieran dando
un incremento acumulado del 35,94%.

Con la suma fija aplicada en marzo, las jubilaciones y pensiones infe
riores a $16.200 resultaron beneficiadas pero las de montos superio
res tuvieron pérdidas en comparación con lo que les hubiera corres
pondido por la ley suspendida.

En ese sentido, IARAF señaló que ese mes “la jubilación mínima (de $14.068) se benefició con una suba de $197 extras con respecto al aumento que hubiese tenido si se aplicaba el 11,56%”, pero los haberes máximos, por entonces de $103.064, “se vieron perjudicados ya que recibieron $8.044 menos que los que hubiesen surgido de la movilidad”.
La entidad realizó una comparación de los haberes de jubilados y 
pensionados en el actual esquema de ajustes por decreto y lo que
 les hubiese correspondido con la ley suspendida.

En el cuadro se distingue por decil de ingreso, lo que cada grupo
cobró en junio y cobrará en septiembre, lo que le hubiese correspon
dido con la ley de Movilidad y la diferencia en junio, en septiembre
 y el acumulado en todo el período.
  

“El resultado final de estos aumentos por decreto lleva a disminuir
 la base de actualización de las jubilaciones y pensiones”, advirtió 
el Instituto, para aclarar al respecto que “la jubilación mínima bajo
 movilidad hubiera sido en septiembre de $19.304, mientras que bajo
 las actualizaciones actuales por decreto será de $18.129”.

En consecuencia, completó, “los ingresos de los jubilados pasan
 así a depender del componente discrecional (los bonos mensuales)
 que el Gobierno decida o no otorgar, a cuál grupo otorgarlos y a
cuáles no”.

De cara a los futuros ajustes, IARAF subrayó que “es clave compa
rar el haber base sobre el que se calcularán las siguientes actualiza
ciones de haberes”, que en todos los casos “es menor bajo el esque
ma actual que bajo la Ley de Movilidad”.

En ese sentido, indicó que “a partir de junio todos los niveles de
 jubilaciones pierden respecto a la formula anterior y el menor ha
ber base ‘se va comiendo’ los bonos de principio de año”.

Otro aspecto a tener en cuenta es que “una característica positiva
 de la fórmula de movilidad suspendida era que en períodos de de
sinflación como el actual, el poder adquisitivo real de las jubilacio
nes recuperaba el valor perdido en períodos de aumento de la infla
ción”, algo que pasa a ser discrecional con los ajustes por decreto.

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