El procurador interino, Eduardo Casal, desestimó un planteo del senador
del Frente de Todos Oscar Parrilli
El procurador general interino Eduardo Casal rechazó un pedido de
juicio político contra el fiscal federal Carlos Stornelli impulsado por el
senador oficialista Oscar Parrilli por la presunta manipulación de la Cau
sa Cuadernos.
“Acceder al escrutinio disciplinario a que se pretende someter la actua
ción del doctor Stornelli sobre este aspecto importaría utilizar la vía ad
ministrativa para revisar cuestiones judiciales vinculadas con un pro
ceso en trámite”, refutó Casal al planteo de Parrilli.
El senador había denunciado que la Causa Cuadernos “había sido radi
cada en el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 11
, sin que se efectuara el sorteo de rigor, el cual se había eludido por
medio de una maniobra oculta e ilegal, de la cual el fiscal había sido
cómplice y el defensor oficial, doctor Gustavo Kollmann, complaciente,
al establecer una conexión con la Causa conocida como Gas Natural
licuado” (GNL) que tramitaba ante esos estrados”.
Ese mecanismo se conoce en la jerga judicial como “fórum shopping”
y consiste en la elección artificial de un juzgado para que intervenga en
un expediente.
“Los fiscales no pueden ser sometidos a proceso disciplinario por el
contenido de sus dictámenes o por errores cometidos durante su ac
tuación, pues para atender esos asuntos el ordenamiento procesal pro
vee diversos recursos para las partes que consideran afectados sus inte
reses”, explicó Casal.
La decisión de Casal significa, en los hechos, que Stornelli no será
sometido al proceso de juicio político por su actuación en la Causa
Cuadernos.
Parrilli había anunciado también que “existían diversos imputados y
abogados que habían relatado que el fiscal federal había ejercido pre
sión para que se arrepintieran a cambio de otorgarles la excarcelación
, o de que mantuvieran su libertad durante el proceso y que, incluso,
existían documentos que así lo precisaban”.
Pero Casal replicó que “hasta el momento nadie se ha manifestado e
n ese sentido o, al menos, no con la suficiente robustez para que los
magistrados que intervinieron pusieran en duda la validez de dichos
acuerdos”. “Tampoco el denunciante mencionó de quiénes se trata
ban ni aportó los documentos a los que hizo mención”, insistió el
procurador provisorio.
Casal descartó el juicio político porque el argumento invocado por el
senador “involucra cuestiones estrictamente relacionadas con las
contingencias propias de ese proceso, en cuyo ámbito deben ser re
sueltas, vinculadas principalmente con la aplicación de una ley, que ha
suscitado distintos criterios interpretativos sobre los cuales no cabe
efectuar reproche disciplinario por más que no se comparta el que ha
seguido el doctor Stornelli”
“No puede afirmarse que el magistrado hubiera incurrido en error o
apartamiento manifiesto del derecho o perdido su objetividad, pues
su interpretación del modo de proceder para conducir las declaracio
nes de los imputados colaboradores, es una de las posibles y como
tal deviene en una cuestión opinable, que fue ponderada y avalada
por el juez de la causa y luego, por diversos magistrados de las instan
cias superiores que han intervenido frente a planteos concretos de las
partes”.
Casal se apoyó en el fallo dictado el 30 de noviembre del año pasado
por la Sala I Cámara Federal de Casación Penal, que por mayoría (de
los jueces Diego Barroetaveña y Daniel Petrone) avaló a los arrepenti
dos y la forma en que fueron obtenidas sus confesiones, pese a que
no fueron registradas por “un medio técnico idóneo”, tal como lo es
tablece la ley.
Escrito por Néstor Espósito
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