Pese a que el mismo gobernador dijo que estaba facultado para
adquirirlas, envió un proyecto de ley a la Cámara de Diputados para que se
autorice la compra de vacunas por parte del gobierno provincial. La clave
del proyecto es que necesita permiso para poder comprarlas en moneda
extranjera
Este martes, el Gobierno bonaerense envió a la cámara de Diputados
un proyecto de ley que faculta al Poder Ejecutivo, a través del ministe
rio de Salud y la jefatura de Gabinete a ibniciar negociaciones y celebrar
contratos para adquirir vacunas contra el COVID-19.
En varias oportunidades, el gobernador Axel Kicillof remarcó que “la
provincia consiguió millones de vacunas“ y se las cedió a Nación, ade
más de subrayar que fue el primer estado argentino en iniciar negocia
ciones con distintos laboratorios, que luego desencadenaron en el
acuerdo de Nación con, por ejemplo, el gobierno ruso por la Sputnik.
Incluso, la semana pasada había ordenado al ministerio de Salud que
inciara negociaciones para la compra de inoculantes contra el corona
virus, dentro de las facultades que el propio gobierno nacional había
otorgado a las jurisdicciones al advertir que “cualquiera podía comprar
vacunas”. Es decir que los Estados provinciales podrían iniciar negocia
ciones por su cuenta.
Pese a ello, Kicillof decidió enviar este martes un proyecto de ley para
pedirle autorización el Poder Legislativo. Una de las razones es que
necesita autorización para hacer la compra en moneda extranjera.
El expediente PE 3 que ingresó en la mañana de este 11 de marzo, en
el artículo 1 indica que a través de la ley se faculta al Poder Ejecutivo, a
través de los ministerios de Salud y Jefatura de Gabinete , durante la vi
gencia de la emergencia sanitaria declarada mediante Decreto Nª 132/
2020, ratificado y pororrogado, a adoptar diferentes medidas tendientes
a la adquisición de vacunas.
En el inciso uno del artículo primero dice que los contratos podrían cele
brarse en moneda extranjera, mientras que en el inciso dos se remarca
que en los contratos “podrán incluirse cláusulas o acuerdos de confi
dencialidad, prescripciones que establezcan condiciones de indemnidad
patrimonial respecto de indemnizaciones y otras reclamaciones pecunia
rias relacionadas con y en favor de quienes participen de la investiga
ción, desarrollo, fabricación, provisión y suministro de las vacunas, con
excepción de aquellas originadas en maniobras fraudulentas”.
Se compromete el Ejecutivo a informar de los contratos celebrados a la
Coimisión Bicameral de Seguimiento, Fiscalización y Control para la
Emergencia, además de consignarse en el proyecto de que el ministerio
de hacienda y Finanzas “efectuará las adecuaciones presupuestarias y
ehjecutará las demás acciones necesarias a los fine de dar cumplimiento
lo dispuesto en la ley”.
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