La ley que otorga diversos beneficios a las asociaciones de bom
beros voluntarios, como exenciones al pago de los servicios pú
blicos, el reintegro del IVA para las compras y contrataciones para el
cumplimiento de su función.
El Gobierno Nacional promulgó este miércoles la ley que otorga diver
sos beneficios a las asociaciones de bomberos voluntarios, como exen
ciones al pago de los servicios públicos, el reintegro del IVA para las
compras y contrataciones para el cumplimiento de su función, además
de prestaciones en caso de accidentes.
A través del decreto 386/2021 publicado en el Boletín Oficial, se promul
gó la ley 27.629 de Fortalecimiento del Sistema Nacional de Bomberos
Voluntarios de la República Argentina, norma que había sido sancionada
el pasado 2 de junio, en coincidencia con el Día del Bombero Voluntario.
La iniciativa presentada por el diputado justicialista Eduardo “Bali” Bu
cca (Consenso Federal) tiene como objetivo hacer más eficiente el uso
de recursos para equipamiento y capacitaciones por parte de las aso
ciaciones de bomberos.
Entre los beneficios que brinda la ley se destaca que las “entidades be
neficiarias gozarán de un tratamiento tarifario especial gratuito para
los servicios públicos de provisión de energía eléctrica, gas natural pro
visto por red, agua potable y colección de desagües cloacales”.
Este tarifario especial también incluye la “telefonía fija, telefonía móvil
en todas sus modalidades y servicios de las tecnologías de la informa
ción y las comunicaciones, que se encuentren bajo jurisdicción nacional”.
Los destinatarios de este régimen tarifario abarcan a las asociaciones
y federaciones de bomberos voluntarios, al Consejo de Federaciones
de Bomberos Voluntarios de la República Argentina y a la Fundación
Bomberos de la Argentina, como entidades conformantes del Sistema
Nacional de Bomberos Voluntarios.
Asimismo, el texto establece que el sujeto responsable inscripto en el
IVA que realice ventas a estas entidades de bomberos voluntarios emi
tirá sus facturas con IVA tasa cero y la leyenda: “Venta sujeto ley
25.054”.
Cabe resaltar que la iniciativa también prevé ampliar la cobertura ante
riesgos y contingencias que los bomberos voluntarios puedan sufrir
en el ejercicio de sus funciones.
Además, se incluyen prestaciones destinadas a cuidar a los bomberos
y bomberas que sufran algún tipo de accidente, como asistencia médi
ca y farmacéutica, prótesis y ortopedia, rehabilitación y traslados. Se
contempla a su vez una prestación económica en el caso de incapaci
dad laboral temporaria.
“En el Día del Bombero Voluntario, reafirmamos el compromiso de se
guir trabajando juntos para fortalecer el Sistema Nacional y cada uno
de los 1000 cuarteles de nuestro país, y proteger a las 43.000 personas
que arriesgan su vida para salvar las vidas y los bienes de la comuni
dad”, remarcó Bucca el día que fue sancionada la norma.
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