La medida se formalizó por medio del Decreto 408/2021, publicado este
miércoles en el Boletín Oficial.
El Gobierno oficializó hoy la suspensión de la exportación de cortes cár
nicos de consumo popular y brindó detalles de cómo se llevará adelante
esa decisión, que tiene como fin asegurar el abastecimiento del merca
do interno.
La medida se formalizó por medio del Decreto 408/2021, publicado este
miércoles en el Boletín Oficial, a través del cual el Poder Ejecutivo busca
"asegurar el abastecimiento nacional y la salud de la población con el
acceso a los bienes producidos en el país y limitar la suspensión en el
tiempo y en el alcance material de aplicación, para que las exportacio
nes y la inserción de los productos nacionales en el mundo pueda conti
nuar con la mínima restricción posible".
"Suspéndase hasta el 31 de diciembre de 2021 inclusive, la exportación
definitiva y/o suspensiva, con destino al exterior del país, de las merca
derías que se detallan en el Anexo que forma parte integrante del pre
sente decreto", según el texto oficial. Entre los cortes alcanzados por
esta decisión, se encuentran asado, falda, matambre, tapa de asado,
cuadrada, paleta y vacío.
El Poder Ejecutivo aclaró que las mercaderías no alcanzadas por la sus
pensión, comprendidas en las partidas arancelarias de la Nomenclatura
Común del Mercosur, correspondientes a carne de animales de la espe
cie bovina, fresca o refrigerada y a carne de animales de la especie bovi
na congelada, podrán exportarse hasta alcanzar un cupo mensual que
no podrá superar el 50 % del promedio mensual del total, de las tonela
das exportadas de productos cárnicos por el período julio/diciembre de
2020.
Esta última disposición regirá hasta el 31 de agosto de 2021, prorroga
ble mediante resolución conjunta de los Ministerios de Agricultura y de
Desarrollo Productivo, hasta el 31 de diciembre de 2021, "tomando en
consideración las variaciones en los precios, la producción nacional
y/o el abastecimiento del mercado interno", según el texto oficial.
Ambas medidas alcanzan a toda la mercadería que, a la fecha de entra
da en vigencia del presente decreto, no se encontrare cargada en un me
dio de transporte que hubiere partido con destino al extranjero, explicó
el Gobierno.
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