La notificación fue emitida esta tarde y abarca, además del presi
dente, a todos los asistentes a la celebración del cumpleaños de
Fabiola Yañez.
El fiscal federal Ramiro González le notificó hoy formalmente al pre
sidente, Alberto Fernández, que está “imputado” en la causa por
la celebración del cumpleaños de su pareja, Fabiola Yañez, en la
Quinta de Olivos durante la primera etapa de la pandemia.
González formalizó la imputación “a los fines de garantizar debida
mente sus derechos de defensa”.
El fiscal apeló a una fórmula contenida en el Código Procesal Penal,
que establece los “derechos del imputado” y representa una suerte
de invitación a formular descargo y proponer prueba.
El resolutorio del fiscal González se produjo en simultáneo a la pre
sentación del escrito del presidente Fernández pidiendo su sobresei
miento y ofreciendo, subsidiariamente, donar la mitad de su sueldo
durante cuatro meses al Instituto Malbrán.
“Considero que en este estadio del proceso corresponde: formalizar
la investigación descripta contra el Sr. Presidente de la Nación, Dr.
Alberto Ángel Fernández”, explicó el fiscal.
La medida alcanza también a la primera dama y a todos los demás asis
tentes a la celebración, que tuvo lugar el 14 de junio de 2020, en el
momento más estricto de las restricciones por la crisis sanitaria gene
rada por el Covid-19.
“Notifíqueselos en los términos de los artículos72, 73, 279 y concor
dantes del Código Procesal Penal de la Nación”, resolvió González.
Bajo el título “Calidad del imputado”, el artículo 72 establece “los dere
chos que este Código acuerda al imputado podrá hacerlos valer, hasta
la terminación del proceso, cualquier persona que sea detenida o indi
cada de cualquier forma como partícipe de un hecho delictuoso”.
El artículo 73, por su parte, se refiere al “derecho del imputado” y deter
mina que “la persona a quien se le imputare la comisión de un delito por
el que se está instruyendo causa tiene derecho, aun cuando no hubiere
sido indagada, a presentarse al tribunal, personalmente con su abogado
defensor, aclarando los hechos e indicando las pruebas que, a su juicio,
puedan ser útiles”.
Finalmente, el artículo 279 establece que “la persona contra la cual se
hubiera iniciado o esté por iniciarse un proceso, podrá presentarse ante
el juez competente a fin de declarar. Si la declaración fuere recibida en
la forma prescripta para la indagatoria, valdrá como tal a cualquier efec
to”.
Con la presentación del escrito de hoy, Alberto Fernández ya se había
asumido tácitamente como imputado pues, de hecho, pidió su sobresei
miento.
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