La AFIP solicitó que se anule la suspensión de la quiebra de Correo Ar
gentino de los Macri. La jueza Marta Cirulli, la misma que decretó la
quiebra y después la suspendió, se negó otra vez a revisar su decisión.
La jueza copió y pegó la respuesta al mismo reclamo que hizo la Procu
ración del Tesoro, la cabeza de los abogados del Estado. Todo indica
que la presión pública de Mauricio Macri tuvo el efecto deseado: un nue
vo letargo en este expediente próximo a cumplir 20 años, el tiempo que
la familia Macri lleva sin pagar su deuda con el Estado y más de 700
acreedores.
Para los abogados de la AFIP la suspensión de la quiebra le causa un
“gravamen irreparable” al organismo recaudador. Los Macri le quedaron
debiendo 10 millones de pesos desde el 2001. Actualizado a hoy es mucho
más. Con la quiebra esa deuda tenía que asumirla SOCMA, la firma que
controla Correo.
“Espero que la Sra. Jueza Marta Cirulli y las Sras. Camaristas María Lilia
Díaz Cordero y Matilde Ballerini se den cuenta de que todavía están a
tiempo de frenar estos atropellos” publicó Macri un día antes de que se
decretara la quiebra de Correo. Una amenaza pública. Y se ven los efectos.
La jueza Cirulli fue quien dispuso la quiebra de Correo tal como marca
la ley. Pero a los pocos días, tras una apelación de la familia Macri,
suspendió la quiebra pese a que la propia ley no se lo permite. La
jueza Cirulli escribió que estaba “constreñida” a resolver eso y citó
una resolución de la Cámara Comercial del 2004 donde efectivamente
se suspendió la quiebra de Correo decidida por el primer juez
de la
causa, Eduardo Favier Dubois. Pero,
hay una diferencia: en 2004 el juez Favier Dubois decretó la quiebra
sin antes realizar el proceso de cramdown o salvataje. Ahora ese proceso
que marca la ley se hizo, fracasó y la propia ley dice y la propia Cirulli
escribió que no había otra salida que la quiebra.
La AFIP detalló que la ley “no habilita la apelación de la sentencia de quiebra
dictada como consecuencia del fracaso del proceso de salvataje regulado
por el art. 48” de la norma que regula los Concursos y Quiebras. “Resulta
por tanto improcedente que la magistrada a quo haya habilitado la vía recur
siva, contrariando todo principio legal. Y resulta llamativo, además, que
la misma no haya fundado mínimamente dicha decisión en tanto importó
apartarse de un imperativo normativo”, agregaron los abogados del orga
nismo que comanda Mercedes Marcó del Pont.
El organismo recaudador citó varios antecedentes en sintonía con esto
de la Sala B de la Cámara Comercial. No es menor: es la Sala cuyas inte
grantes, las juezas María Lilia Gómez Alonso y Matilde Ballerini, intervie
nen en este caso. Y que han sido las titiriteras del expediente durante los
últimos 15 años.
ha sido intempestiva, imprevista ni contraria a derecho” detalla el es
crito de la AFIP. Al igual que la PTN, pidió en todo caso que se le de efec
to devolutivo y no suspensivo a la apelación de los Macri. ¿Cuál es la
diferencia? En el suspensivo, valga la redundancia, se suspende el avan
ce de la quiebra. En el devolutivo se permite su avance.
“La consecuencia que la nueva suspensión del proceso general a los
acreedores no ha sido en modo alguno evaluada por la magistrada. A la
ya baja posibilidad de recupero que evidencia el proceso falencial corres
ponde adicionarle una nueva demora en su tramitación con la conse
cuente licuación, mayor, de los créditos” remarcaron desde la AFIP.
Al igual que la PTN, la AFIP puso también en discusión que Jaime Cibils
Robirosa actúe al día de hoy como presidente de Correo Argentino pese
a que fue desplazado por la intervención judicial. Y fue le propio Cibils
Robirosa quien presentó el escrito apelando la quiebra de la empresa y
recibió una respuesta favorable de la jueza Cirulli.
La AFIP plantea que Cibils Robirosa “carece de facultades para represen
tar a la sociedad en los términos que surgen de la presentación” y que
“resulta claro que si el órgano de administración de la sociedad ha sido
desplazado no puede su presidente, quien integra el mismo (…) seguir
ejerciendo dicha función por cuanto ello sería contradictorio con la fina
lidad de la intervención”.
En el caso Correo esta visto que no corren las mismas leyes que para el
resto, ya que el próximo 19 de septiembre cumplirá 20 años y no hay ante
cedentes de un concurso de acreedores similar, cuya consecuencias el la
continua licuación de la deuda que la familia Macri tiene con el Estado y
más de 700 acreedores.
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