Continuará siendo obligatorio en lugares cerrados y al aire libre cuando
haya aglomerados de individuos. Cuáles son las otras medidas de flexibili
zació
n que anunció el gobierno nacional esta mañana.
La ministra de Salud, Carla Vizzotti, y el jefe de Gabinete, Juan Manzur,
anunciaron nuevas medidas de flexibilización, propiciadas por “descen
so sostenido de casos de Coronavirus" en todo el país y el éxito “en
contener el ingreso de la variante Delta". Entre las disposiciones anun
ciadas, se destacan las siguientes:
>Se levanta la obligatoriedad de uso de tapaboca al aire libre cuando
estamos circulando en forma individual o en burbuja cuando NO haya
aglomerado de personas. Continúa siendo obligatoria en lugares cerra
dos (aula, cine, teatro, ámbitos de trabajo, transporte público, espectá
culos y eventos masivos) y al aire libre cuando hay aglomerados de
personas.
>Reuniones sociales sin límites de personas cumpliendo las medidas
de prevención, tapabocas, distancia y ventilación.
>Aforo del 100% en actividades económicas, industriales, comerciales,
de servicios, religiosas, culturales, deportivas, recreativas y sociales
en lugares cerrados manteniendo las medidas de prevención, tapaboca,
distancia y ventilación.
>Autorización de viajes de jubilados y jubiladas, egresados y egresadas
y principales de estudiantes o similares siguiendo los protocolos reco
mendados.
>Autorización de discotecas con aforo del 50%, con esquema completo
de vacuna (14 días previos al evento). Respecto de este punto, el gobier
no destacó que se trata de la actividad de mayor riesgo, teniendo en
cuenta la variante Delta.
>Salones de fiestas, bailes o actividades similares: habilitado para perso
nas que acrediten esquema completo de vacuna (14 días previos al even
to) o una dosis más test diagnostico (PCR o Antígeno) negativo dentro
de las 48 horas previas al evento. Protocolo especial para las fiestas de
15 o para menores de 17 años mientras avance la vacunación en los y las
adolescentes.
>Eventos masivos de más de 1.000 personas. A partir del 1 de octubre se
habilita con aforo del 50%, y se trabajará con los actores involucrados
el protocolo específico en relación a los requisitos.
>En cuanto a la apertura gradual y cuidada de fronteras, se dieron a co
nocer fechas estimadas a coordinar con Migraciones, Administración
Nacional de Aviación Civil (ANAC) y otras autoridades.
>24 de septiembre: eliminación del aislamiento a argentinos, residentes
y extranjeros que vengan por trabajo y estén autorizados por la autori
dad migratoria.
>1 de octubre: autorización ingreso de extranjeros de países limítrofes
sin aislamiento. Apertura de fronteras terrestres a pedido de gobernado
res (con corredores seguros aprobados por la autoridad sanitaria con
cupo definido por la capacidad de cada jurisdicción).
>Entre el 1 de octubre y el 1 de noviembre, incremento del cupo de in
greso progresivo en todos los corredores seguros, aeropuertos puertos
y terrestres
>Desde el 1 de noviembre se autoriza ingreso de todos los extranjeros.
Se solicitará para su ingreso al país:
-Esquema de vacunación completo, con fecha de última aplicación por
lo menos 14 días previos al arribo al país.
-Test de PCR negativa en las 72 horas previas al embarque, o antígeno
en el punto de ingreso hasta que defina la autoridad sanitaria
-Test de PCR al día 5 a 7 del arribo hasta que lo defina la autoridad sanita
ria
-Aquellas personas que no presenten esquema de vacunación completo
incluyendo los menores deberán realizar cuarentena, test de antígeno al
ingreso, y test de PCR al día 7.
-Al momento de alcanzar el 50% de la población completamente vacunada:
se dejará de realizar test de antígeno al ingreso (salvo los no vacunados)
y PCR al día 5-7 y se podrá levantar el cupo. Ya de esta manera se minimi
za el impacto del aumento de hospitalizaciones y muertes.
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