Por Sergio Farella
La Cámara Federal porteña dejó en libertad a una de las detenidas por el
intento de magnicidio contra Cristina Kirchner y le ordenó a la jueza Ma
ría Eugenia Capuchetti que eleve parcialmente la investigación a la etapa de
juicio oral.
El fallo dispuso la falta de mérito respecto de la veinteañera Agustina Díaz,
una amiga íntima de la detenida Brenda Uliarte, quien la tenía agendada en
su teléfono celular como “amor de mi vida”.
“Con los elementos hasta ahora colectados no se ha evidenciado en Díaz
ningún despliegue adicional de conducta —repetimos, de momento—
que permita asignarle a su conducta relevancia jurídico-penal”, sostuvie
ron los jueces Mariano Lloren, Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia.
“Si bien no se puede descartar un cierto conocimiento de Díaz sobre el
plan, tampoco se puede asumir que por esa sola circunstancia y las mani
festaciones efectuadas a Uliarte –donde no se aprecia contribución de
cargo- se configure una complicidad secundaria”, sostuvo la Cámara al
desvincular parcialmente a Díaz.
En cambio, el tribunal confirmó el procesamiento del jefe de los vendedo
res de algodón de azúcar conocido como “los copitos”, Gabriel Carrizo,
aunque en su caso ordenó que se evalúe la posibilidad de morigerar su
prisión preventiva por una forma domiciliaria, monitoreada con tobille
ra electrónica.
Carrizo, junto con Uliarte y el autor material del intento de magnicidio,
Fernando Sabag Montiel, son así los únicos detenidos y para ellos la
Cámara pidió que el expediente pase rápidamente a la etapa de juicio.
“Con la premura que el caso impone, eleve estas actuaciones respecto
de los imputados cuyas situaciones procesales se encuentran resuel
tas a la instancia de debate oral y público, etapa que resulta la ade
cuada para el análisis y confronte global de los elementos probatorios
aquí colectados”, dispuso el fallo.
Los jueces aclararon que la pesquisa no se agotará en ellos tres y or
denaron “continuar con las diligencias pertinentes en los demás leg
jos de investigación formados al efecto, y profundizar, agotando cual
quier hipótesis que pueda vincularse con este hecho de gravedad ins
titucional, determinar la pauta de contexto que motivara el fin perse
guido por los autores y eventuales o posibles cómplices del hecho
criminal”.
Por ello, la jueza Capuchetti –dispone el fallo— “tendrá que ahondar la
encuesta en orden a otras posibles hipótesis aún no dilucidadas, como
ser la actuación de las agencias de seguridad y personal que se encon
traban a cargo de la custodia y seguridad de Cristina Fernández”.
Sobre Carrizo, el fallo sostiene que “durante la investigación surge que
manifestó que tenía conocimiento del plan de sus consortes de causa,
situación que se ve reforzada en orden a lo que se desprende de otros
mensajes enviados en forma posterior al hecho, donde manifiesta haber
entregado un arma para su concreción en días previos a éste”.
Si bien esa arma nunca apareció, ni nadie más habló de ella, los camaris
tas consideraron que la presunta existencia “echa por tierra la pretensión
de la defensa sobre su ajenidad en los acontecimientos”.
“El hecho de que Sabag Montiel haya empleado otra arma y -posiblemente-
adelantado su accionar respecto del presunto plan inicial, ello no exime de
imputación a Carrizo pues el objetivo propuesto, la modalidad del ataque
y el lugar de su comisión no se vieron alterados”, añadieron.
Si bien le confirmaron el procesamiento, los camaristas le quitaron la agra
vante de la “alevosía”, ya que consideraron que “no se vislumbra una
situación de vulnerabilidad que aprovecha el autor para matar sobre se
guro, tal como pretende la norma penal en esa calificación agravada”.
“Lo que se exige para emitir un juicio de responsabilidad en esta etapa pro
visional, es la acreditación de los elementos probatorios que resulten sufi
cientes para reunir un estado de probabilidad que sitúe el trámite de las ac
tuaciones hacia la etapa de acusación y debate, donde –en definitiva— se
discutirán y confrontarán todas las aristas sostenidas por las partes”, re
sume la resolución.
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