El Senado bonaerense dio media sanción a una iniciativa que incorpo
ra la figura de consumidores hipervulnerables y actualiza las multas y
sanciones.
El Senado bonaerense aprobó el proyecto impulsado por la legisladora
costera, Gabriela Demaría, para modificar el Código Provincial de Imple
mentación de los Derechos de los Consumidores y Usuarios con el obje
tivo de ampliar derechos y aplicar nuevas sanciones.
En detalle, por un lado se busca incluir en la legislación provincial la
figura de personas consumidoras hipervulnerables para proteger los
derechos de los colectivos más desfavorecidos; y, por otro lado, am
pliar las multas y sanciones para quienes infrinjan dicha norma que,
por el paso del tiempo, han quedado desactualizadas perdiendo el
sentido disuasorio.
En relación al primer punto, la Senadora enmarcó la iniciativa en la
asimetría estructural que caracteriza a las relaciones de consumo, ha
bida cuenta que las personas consumidoras ocupan la posición más
débil frente a los proveedores de bienes y servicios. “Esta situación
se profundiza en algunos casos ya que no todos estamos en iguales
condiciones frente al mercado”, explicó.
En ese sentido, incorporar la figura de personas consumidoras hiper
vulnerables implica reconocer la vulnerabilidad agravada relacionada
a diferentes aspectos como la edad, las condiciones psicofísicas y
socioeconómicas, entre otros aspectos.
De este modo, el proyecto impulsado por Demaría, presidenta de la Co
misión de Usuarios y Consumidores del Senado, establece que las me
didas de protección a las y los consumidores deberán “acentuarse res
pecto de los consumidores hipervulnerables que pertenezcan a colecti
vos sociales afectados por causales de vulnerabilidad agravada, desfa
vorecidos o en desventaja, tales como las niñas, niños y adolescentes,
adultos mayores, personas enfermas o con discapacidad, entre otros,
que se vean afectadas por circunstancias que provoquen especiales
dificultades para ejercer con plenitud sus derechos como consumido
res”.
SANCIONES
Asimismo, dispone sanciones más severas en infracciones contra estas
personas, que podrán hasta duplicarse en razón de la situación.
El proyecto que pasó a Diputados para su sanción definitiva, modifica
el artículo 73 de la Ley 13133, con el objetivo de actualizar y ampliar el
monto de la multa aplicable al procedimiento de Defensa del Consumidor
de la provincia de Buenos Aires, establecida en el año 2004 y que no han
sido modificadas desde entonces, cuyos montos vigentes están fijados
en un rango de 100 a 500.000 pesos.
La Legisladora propuso implementar una fórmula móvil de actualiza
ción automática, con una multa equivalente a una suma comprendida
en la escala de 0.5 a 5.000 salarios mínimos vitales y móviles, para
evitar que, como ocurre en la actualidad, pierda el efecto disuasorio
con el paso del tiempo. A valores actuales, el tope de la multa pasaría
de 500 mil a 272 millones de pesos.
Demaría sostuvo que “la finalidad de las sanciones de este tipo es
disuadir la comisión de conductas similares por parte de los provee
dores de productos y servicios, buscando de ese modo lograr el obje
tivo de proteger a las personas consumidoras y usuarias en sus rela
ciones de consumo. Se advierte que difícilmente pueda tener un gran
sentido disuasorio una multa que resulte exigua”.
En esta línea, la Senadora explicó que “con esta medida no solo se bus
ca aumentar el monto efectivo de la multa, sino también implementar
un sistema que contemple una fórmula móvil, para evitar su deprecia
ción. La finalidad es proteger a las y los consumidores actuales, como
así también a las y los futuros”.
“Es un orgullo para mí que podamos avanzar con este proyecto que
viene a ampliar los derechos y a saldar esta deuda con las personas
consumidoras de la provincia de Buenos Aires y por ende del conjun
to de las y los habitantes de la Provincia”, finalizó Demaría.
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