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jueves, 24 de abril de 2025

¿Es feriado el viernes 2 de mayo?


Habrá otros dos días no laborables por puente turístico este año: 

viernes 15 de agosto y viernes 21 de noviembre.

El primer fin de semana de mayo se vivirá una situación similar a la de

 Semana Santa, ya que el jueves 1º será feriado nacional y el viernes 2 

será un día no laborable con fines turísticos. Cuáles son las diferencias

 entre ambos.

El último fin de semana largo, el de Semana Santa, ofreció la posibilidad

 de disfrutar de un feriado nacional y, para algunos sectores del mundo

 del trabajo, de un día no laborable. El primer fin de semana de mayo se 

vivirá una situación similar, ya que el jueves 1º de mayo será feriado na

cional, por el Día Internacional del Trabajador, y el viernes 2 de mayo se

rá un día no laborable con fines turísticos, según lo establecido por el

 gobierno nacional.

Tal como detalló el Ministerio del Interior, estos días no se consideran 

feriados tradicionales, sino más bien jornadas de descanso opcionales, 

cuyo objetivo es promover el turismo en el país y distribuir mejor la acti

vidad turística durante el año. Esto significa que, aunque el sector públi

co no tendrá actividad, la decisión de otorgar o no el día libre a los traba

jadores dependerá de cada empleador.

Para entender adecuadamente las implicancias del 2 de mayo, es fun

damental conocer la distinción entre “feriado por puente turístico” y

 “día no laborable por puente turístico”. Ambos conceptos están dise

ñados para extender los fines de semana y fomentar el turismo, pero

 su aplicación es distinta.

El “feriado por puente turístico” es un feriado nacional que se esta

blece para conectar días festivos y generar fines de semana largos. 

Son obligatorios para todos los empleadores, quienes deben otorgar 

el día libre a sus empleados.

Además, si un trabajador debe presentarse en su puesto de trabajo

 durante este día, tendrá derecho a recibir una remuneración extra

 equivalente al doble de su jornada habitual, tal como lo estipula la

trabajar corresponde a los empleadores, por lo tanto depende de ca

da empresa, que puede o no darles el día libre a sus trabajadores.

 En caso de que se trabaje en esta jornada, los empleados recibirán

 su salario habitual, sin ningún tipo de compensación extra, según 

informó Infobae. Esta modalidad tiene como propósito promover el 

turismo interno, pero sin la obligatoriedad de descanso que sí tiene

 un feriado puente.

Por lo tanto, la principal diferencia radica en la obligatoriedad de

 descanso y la compensación salarial: mientras que los feriados 

puente son obligatorios y con pago doble en caso de trabajo, los 

días no laborables con fines turísticos son optativos y no implican

 un pago adicional por parte del empleador.

El del viernes 2 de mayo será el primer día no laborable por puente

 turístico de 2025, que permite la creación de fines de semana lar

gos. Hay otros dos previstos durante este año en el calendario

 oficial:

>Viernes 15 de agosto: un segundo día no laborable con fines tu

rísticos en 2025, ubicado antes del feriado del 17 de agosto (Paso 

a la Inmortalidad del General José de San Martín), generando un

 fin de semana largo de tres días.
>Viernes 21 de noviembre: este día se sitúa como puente entre 

el 20 de noviembre, Día de la Soberanía Nacional, y el fin de se

mana. Esta jornada contribuirá a un fin de semana largo de cua

tro días, ya que el feriado será trasladado al lunes 24 de noviembre.

Así sigue el calendario de feriados

Mayo
Jueves 1: Día del Trabajador (feriado inamovible).
Domingo 25: Día de la Revolución de Mayo (feriado inamovible).

Junio
Lunes 16: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel

 de Güemes (se traslada desde el martes 17, feriado trasladable).
Viernes 20: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Bel

grano (feriado inamovible).

Julio
Miércoles 9: Día de la Independencia (feriado inamovible).

Agosto
Viernes 15: No laborable con fines turísticos.
Domingo 17: Paso a la Inmortalidad del General Don José de 

San Martín (feriado trasladable).

Octubre
Domingo 12: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado

 trasladable).

Noviembre
Viernes 21: No laborable con fines turísticos.
Lunes 24: Día de la Soberanía Nacional (se traslada desde el jue

ves 20, feriado trasladable).

Diciembre
Lunes 8: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado ina

movible).
Jueves 25: Navidad (feriado inamovible).

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