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miércoles, 26 de octubre de 2011

Hay 60 días para justificar el faltazo del domingo

Los ciudadanos que no hayan concurrido a votar el último domingo tendrán dos meses para fundamentar por escrito la ausencia en los comicios
 
Todas las personas que no emitieron su voto en las elecciones generales del domingo, por encontrarse a más de 500 kilómetros de distancia o por algún problema de salud, tienen un plazo de 60 días para tramitar su justificación y no hacerse pasible de sanciones.
En esta nota le explicamos, según lo informó la Cámara Electoral, qué pasos debe seguir para evitar ulteriores problemas consistentes en el impedimento para ocupar cargos públicos por el plazo de 3 años o realizar ciertos trámites, como obtener el pasaporte.
Lo primero para destacar es que el trámite no se puede hacer en los juzgados ni en la Cámara Federal de Mar del Plata, puesto que los primeros se constituyeron en autoridad electoral para recibir acciones de amparo, consultas y denuncias sólo el día de las elecciones.
La justificación en consecuencia se tiene que realizar en la ciudad de La Plata, y más en la Secretaría Electoral, dependiente del Juzgado Electoral a cargo del juez Blanco.

Es de destacar que hay un juzgado por provincia y otro en Capital.

Igualmente, existe una alternativa a tener que viajar desde aquí a la ciudad de La Plata. Consiste en concurrir al Correo Argentino y enviar un sobre con los elementos que se solicitan. Para tal cometido se designó una partida especial, por lo que el trámite es totalmente gratuito.

El sobre que tiene que entregarse en el correo debe contener, si la justificación es por haber estado lejos del lugar de votación, el certificado de distancia que debió tramitarse en una comisaría; si se trata de un problema de salud, el certificado extendido por un médico oficial. Durante las elecciones, hubo facultativos dedicados a esta tarea en la sede de la Policía Científica del Complejo Juan Vucetich o en la Octava de la ciudad de Batán.
Finalmente, el sobre debe contener el DNI original. En caso de que se realizara un reclamo por este mismo medio a causa de estar asentado incorrectamente en el padrón un dato del DNI, alcanza con enviar una fotocopia del documento.
Lo que no informó la Cámara Federal es si quedarán constancias en los DNI remitidos de que la persona justificó su ausencia al comicio o, simplemente, se agregará este dato al propio padrón.
Y además, como se trata de certificados, la Justicia Electoral, comprobando que todo está en regla, da por justificada la ausencia del elector, sin necesidad de convocarlo más adelante para comparecer por algún motivo.

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