Por una Aparente Incomunicación Judicial, el Kiosquero quien fuera detenido por "presunta" comercialización de drogas, quedo en libertad.
Carlos Daniel FOURCADE, propietario del Kiosco denominado "Dani" situado en calle Lamadrid y Mar del Plata de esta ciudad, quien fue detenido el sábado por la madrugada por personal de la Delegación Departamental de Investigaciones del Tráfico de Drogas ilícitas, tras un allanamiento positivo en el que se encontraron (12 dosis de cocaína) fraccionada, quedo en libertad (3 días después).
Tras el allanamiento que se realizo en dicho comercio (con resultado positivo) y con la presencia de las Ayudantes Fiscales de Estupefacientes pertenecientes a la Fiscalía nro. 3 de Dolores, recupero su libertad el día 29 del corriente, en virtud de que su abogado defensor, el Dr. Fabián URQUIJO, habría interpuesto el pasado mes de abril, un recurso de Habeas corpus preventivo y en forma subsidiaria una eximición de prisión a favor de FOURCADE ante el Juzgado de Garantías en turno en dicha fecha, por sostener que había notado que un vehículo particular de uno de los efectivos que realiza investigaciones relacionadas al narcotráfico, habría estado extrayendo placas fotográficas del local allanado.
Entonces, para resolver dicha presentación, el Juez había pedido informes, sobre la existencia de cualquier tipo de accionar que pudiera afectar en forma directa o indirecta, de manera actual o inminente, en forma ilegal o arbitraria la libertad ambulatoria de Daniel FOURCADE, habiendo sido negativo el resultado, siendo que la investigación que finalizara una de sus etapas con el allanamiento mencionado, había tenido inicio en el mes de marzo.
URQUIJO por ello manifestó que de haberse puesto en su conocimiento sobre la existencia de la investigación en contra de su cliente, sin perjuicio del resultado que pudieran haber llegado a tener los recursos requeridos, si hubiera sido contraria a las intenciones de la defensa, se podría haber recurrido a otros estamentos judiciales en lo que respecta a las apelaciones, entendiendo por ello que la privación de la libertad que sufrió su defendido, es ilegal.
Con estos argumentos, los Jueces de Cámara que trataron la petición, dieron lugar a la defensa ya que la eximición de detención que en su momento había sido solicitada, no fue tratada a tiempo por el Juez interviniente y otro Juez, sin saberlo, dispuso la Detención del mismo, medida que se considera ilegitima, disponiéndose la libertad inmediata de Carlos Daniel FOURCADE, haciendo constar, que existe la posibilidad de que a futuro, se tramite conforme a derecho, la eximición de prisión requerida en su momento por la defensa.
En el mismo orden de cosas, los Jueces de Cámara, “recomendaron” a los Jueces de Garantías, que ante situaciones análogas, sin perjuicio de requerir informes a organismos policiales, se debe hacer lo propio para con los restantes Juzgados de Garantías.
Algunas de las preguntas que de repente nacen en quienes intentan razonar lo antes narrado.
¿Si diariamente nos cruzamos con efectivos policiales uniformados o de civil que están cumpliendo sus tareas, por ello es que tenemos que solicitar medidas judiciales o solo lo hacen quienes sospechan que están investigados?
Como dicen por ahí, si sospechamos que la Policía nos investiga debe ser por algo no?
Otra circunstancia. ¿Qué pasa entonces cuando una persona que esta delinquiendo y por ello siendo investigada, toma conocimiento por medio de recursos legales o no, que la Policía está detrás suyo? de mas esta plasmar las respuestas a estas preguntas.
Carlos Daniel FOURCADE, propietario del Kiosco denominado "Dani" situado en calle Lamadrid y Mar del Plata de esta ciudad, quien fue detenido el sábado por la madrugada por personal de la Delegación Departamental de Investigaciones del Tráfico de Drogas ilícitas, tras un allanamiento positivo en el que se encontraron (12 dosis de cocaína) fraccionada, quedo en libertad (3 días después).
Tras el allanamiento que se realizo en dicho comercio (con resultado positivo) y con la presencia de las Ayudantes Fiscales de Estupefacientes pertenecientes a la Fiscalía nro. 3 de Dolores, recupero su libertad el día 29 del corriente, en virtud de que su abogado defensor, el Dr. Fabián URQUIJO, habría interpuesto el pasado mes de abril, un recurso de Habeas corpus preventivo y en forma subsidiaria una eximición de prisión a favor de FOURCADE ante el Juzgado de Garantías en turno en dicha fecha, por sostener que había notado que un vehículo particular de uno de los efectivos que realiza investigaciones relacionadas al narcotráfico, habría estado extrayendo placas fotográficas del local allanado.
Entonces, para resolver dicha presentación, el Juez había pedido informes, sobre la existencia de cualquier tipo de accionar que pudiera afectar en forma directa o indirecta, de manera actual o inminente, en forma ilegal o arbitraria la libertad ambulatoria de Daniel FOURCADE, habiendo sido negativo el resultado, siendo que la investigación que finalizara una de sus etapas con el allanamiento mencionado, había tenido inicio en el mes de marzo.
URQUIJO por ello manifestó que de haberse puesto en su conocimiento sobre la existencia de la investigación en contra de su cliente, sin perjuicio del resultado que pudieran haber llegado a tener los recursos requeridos, si hubiera sido contraria a las intenciones de la defensa, se podría haber recurrido a otros estamentos judiciales en lo que respecta a las apelaciones, entendiendo por ello que la privación de la libertad que sufrió su defendido, es ilegal.
Con estos argumentos, los Jueces de Cámara que trataron la petición, dieron lugar a la defensa ya que la eximición de detención que en su momento había sido solicitada, no fue tratada a tiempo por el Juez interviniente y otro Juez, sin saberlo, dispuso la Detención del mismo, medida que se considera ilegitima, disponiéndose la libertad inmediata de Carlos Daniel FOURCADE, haciendo constar, que existe la posibilidad de que a futuro, se tramite conforme a derecho, la eximición de prisión requerida en su momento por la defensa.
En el mismo orden de cosas, los Jueces de Cámara, “recomendaron” a los Jueces de Garantías, que ante situaciones análogas, sin perjuicio de requerir informes a organismos policiales, se debe hacer lo propio para con los restantes Juzgados de Garantías.
Algunas de las preguntas que de repente nacen en quienes intentan razonar lo antes narrado.
¿Si diariamente nos cruzamos con efectivos policiales uniformados o de civil que están cumpliendo sus tareas, por ello es que tenemos que solicitar medidas judiciales o solo lo hacen quienes sospechan que están investigados?
Como dicen por ahí, si sospechamos que la Policía nos investiga debe ser por algo no?
Otra circunstancia. ¿Qué pasa entonces cuando una persona que esta delinquiendo y por ello siendo investigada, toma conocimiento por medio de recursos legales o no, que la Policía está detrás suyo? de mas esta plasmar las respuestas a estas preguntas.
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