DIPUTADO ALFREDO LAZZARETTI . SECRETARIO GENERAL DE P. SOCIALISTA
La cámara de Diputados de la Provincia aprobó por unanimidad la convocatoria a un plebiscito, para reformar la constitución provincial, en el cual se reduce la edad para ser concejal de 25 a 21 años. Se fusionaron los proyectos presentados por los diputados España (FPV), Lazzeretti (FAP) y Martello (CC), a los efectos de lograr un gran consenso que respalde la convocatoria a la reforma constitucional.
El legislador socialista, uno de los impulsores de la iniciativa, manifestó “Es una doble alegría el consenso logrado en torno a esta propuesta. En primer lugar, lo haremos a través de una forma de participación popular, de democracia directa, con el voto de la gente. Serán los ciudadanos de nuestra provincia quienes votaran por sí o por no a esta enmienda. Y por otra parte, estamos abriendo a la juventud la posibilidad de participar activamente en la configuración de sus ciudades, en los municipios donde se de la democracia de proximidad. Serán luego los partidos, quienes deberán dar lugar en sus listas a jóvenes. Pero ya no habrá una limitación constitucional"
“Todos los tratados y organismos internacionales, definen a la juventud como la franja etaria entre 14 a 25 años. Hasta hoy la Constitución de la Provincia, impide que los jóvenes puedan integrar. Confiamos en que el pueblo de la provincia, acompañará masivamente esta modificación.” sostuvo Lazzeretti.
Sobre la iniciativa aprobada, el legislador informó: “El proyecto contempla la reforma del artículo 191°, inciso 3º de la Sección Séptima, del Régimen Municipal, de la Constitución provincial, estableciendo que podrán ser elegibles todos los ciudadanos mayores de edad, que sepan leer y escribir, vecinos del distrito, con un año de domicilio anterior a la elección y si son extranjeros, tengan además cinco años de residencia y estén inscriptos en el registro especial.”
Por último, Lazzeretti manifestó: “Esperamos que el Senado convierta en Ley esta propuesta para que luego, según lo establecido por el Artículo 206 inciso b) de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, la presente Enmienda sea sometida a plebiscito en las elecciones, para que la ciudadanía se manifiesta a favor o en contra de la modificación propuesta en el artículo tercero de la presente Ley.”
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