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jueves, 17 de julio de 2014

Se sancionó la adecuación de la Ley de Fertilización Asistida: Juan de Jesús: “Esta es una buena ley”


En la sesión de este miércoles, la Cámara baja provincial sancionó por unanimidad, 
el proyecto con media sanción del Senado que adecua la Ley de Fertilización Asistida.
 El diputado Juan de Jesús, presidente de la Comisión de Salud Pública y pionero en 
esta materia celebró desde su cuenta de Twitter :“Estamos orgullosos de la sanción 
de la #Ley Fertilización Asistida, posible gracias al apoyo de todos los bloques que in
tegramos esta Legislatura”
www.deltuyunoticias.com.ar . 


La ley 14.208 que antecede a la modificación actual, fue sancionada en sep
tiembre de 2010 por la Legislatura Provincial. En la misma se reconoce a la
 infertilidad humana como enfermedad y otorga cobertura médica integral a
esta patología, en los ámbitos privados y públicos del Sistema de Salud de
 la Provincia de Buenos Aires.

En su alocución en el recinto al sancionarse esta ley, el legislador se remon
tó al recorrido de la norma que lleva 4 años en vigencia e hizo hincapié de
cómo en su momento se pudo reconocer un derecho fundamental en una pro
blemática que afecta a una de cada 7 parejas.

 Al respecto manifestó: “Hace 30 años en la Argentina se venían haciendo
 estos tratamientos en el ámbito privado y eran muy costosos; pero con la 
Ley se pudieron lograr dos cosas, atender la problemática de la enferme
dad y dar  la cobertura médica gratuita a los tratamientos de alta y baja com
plejidad que posibiliten el acceso de las personas  de cumplir con el sueño
 de concebir una familia”

La reciente sanción reconoce algunos aspectos consagrados en la ley nacio
nal de reproducción médicamente asistida (26.862), sancionada en junio de
2013. Entre los puntos modificados se contempla la donación y guarda de ga
metos. Se establece el acceso de todas las personas sin limitaciones de esta
do civil u orientación sexual, como así también, la posibilidad de llevar adelan
te el proceso de guarda de gametos y tejido reproductivo, en aquellos casos
que por padecer una enfermedad se encuentre en riesgo la futura capacidad reproductiva.

Juan de Jesús definió a esta norma como “una buena ley” porque: fortalece la
 igualdad de acceso a la salud y amplia derechos. Es una ley solidaria, equita
tiva y practicable y sobre todo, sentida y apropiada por toda la comunidad” .

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