frente a diversas publicaciones periodísticas que se empeñan en señalar
que la Cámara en lo Contencioso Administrativo de La Plata habría revo
cado la medida cautelar dictada por el juzgado a mi cargo, suspendiendo
el nuevo cuadro tarifario eléctrico, me veo en la obligación de aclarar que
ese Tribunal, no ha "revocado", sino "suspendido" la aplicación de dicha
medida. Y solo lo hizo respecto de la Distribuidora de Energía Norte S.A
. EDEN S.A.-.
De modo que el resto de las empresas como:
EDELAP (Empresa Distribuidora de Energía La Plata S.A.),
EDES S.A. ( Empresa Distribuidora de Energía Sur S.A.),
EDEA S.A. (Empresa Distribuidora de Energía Atlántica S.A.) y,
todas las cooperativas siguen por el momento con la obligación de fac
turar sin los aumentos.
Es decir, que no deben pagarse las facturas con incrementos de estas
distribuidoras y
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