Se trata de 17 propiedades ubicadas en la Ciudad de Buenos Aires y la Pro
vincia. El Presidente autorizó a la Agencia de Administración de Bienes del
Estado a enajenarlas sin aprobación del Congreso y “recurriendo a un De
creto-Ley de la dictadura”.
vincia. El Presidente autorizó a la Agencia de Administración de Bienes del
Estado a enajenarlas sin aprobación del Congreso y “recurriendo a un De
creto-Ley de la dictadura”.
nes en el Boletín Oficial, y además de los edificios de la Capital se inclu
yen inmuebles y tierras en La Matanza, San Isidro, La Plata y General
Pueyrredón.
En los considerandos del decreto se indica que la enajenación de los in
muebles "no sólo constituirá una fuente de ingresos para el Tesoro Na
cional", sino que además "generará un impulso en la economía al reacti
var diversas actividades productivas, lo que redundará en el mejoramien
to de las condiciones de vida de la población".
La Constitución de la Nación establece que la disposición del uso y la
enajenación de tierras de propiedad del Estado Nacional es competen
cia del Congreso (art. 75 inciso 5). “Por lo tanto, el Presidente ni la AA
BE podría vender tierras sin la autorización del Congreso. Esto no fue
estipulado en el Decreto N° 952/2016 que avanzaría sin dar intervención
al Congreso. Por lo tanto, estas ventas serían inconstitucionales”, ad
virtió el Observatorio del Derecho a la Ciudad.
Asimismo, señaló que el Decreto N° 952/16, firmado por Mauricio Macri
, se sustenta en la Ley N° 22.423. “Esta ley es en realidad es un Decreto
-Ley dictado en la época de la dictadura firmado por Videla y por José
A. Martínez de Hoz el 6 de marzo de 1981”, a través de la que el Poder
Ejecutivo se arrogó las competencias del Congreso en cuanto a la facul
tad de autorizar ventas de inmuebles del Estado Nacional.
“Esta norma también dispone que las ventas inmobiliarias deben reali
zarse mediante remate público, salvo en aquellos casos que se conside
re más conveniente el procedimiento de licitación pública. Además esta
blece que podrán venderse directamente los inmuebles a los ocupantes
de inmuebles destinados a vivienda, comercio, industria o a la presta
ción de servicios públicos; y a cooperativas de vivienda, asociaciones
y fundaciones”, señalaron en un comunicado.
La reforma de la Constitución Nacional realizada en el año 1994 reguló
la facultad de delegación legislativa en el Poder Ejecutivo por parte del
Congreso y en su art. 76, dispone que se “prohíbe la delegación legisla
tiva en el Poder Ejecutivo salvo en materias determinadas de administr
ación o emergencia pública, con plazo fijado para su ejercicio y dentro
de las bases de la delegación que el Congreso establezca”.
“El Decreto-Ley N° 22.423 no contempla un plazo ni base para el ejerci
cio de las competencias delegadas. No respetando el art. 76 de la CN.
Por lo tanto, el Decreto-Ley N° 22.423 ha sido derogado implícitamente
por la reforma de la Constitución Nacional y su aplicación resulta incons
titucional. Toda venta amparada bajo esta norma constituye una viola
ción de la CN”, expusieron desde el Observatorio.
En esta línea, apuntaron que “la venta de estos inmuebles nacionales
va en la misma dirección de las políticas de privatización y negocio con
la tierra pública impulsada por el PRO desde que asumió el gobierno de
la Ciudad de Buenos Aires en el año 2007. Desde esa época se han pri
vatizado más de 200 ha de tierras públicas. Horacio Rodríguez Larreta
ha profundizado esta política anunciando más de una decena de desarro
llos inmobiliarios que implican la privatización de tierras públicas”.
“A principios de año, el Pro impulsó la creación de la Agencia de Bienes
S.E. para poder vender todos los inmuebles de la Ciudad sin aprobación
legislativa previa. Las críticas y movilizaciones sociales impidieron que
la Agencia de Bienes S.E. tenga esta facultad”.
Ahora, “Mauricio Macri a nivel nacional a través del Decreto N° 952/2016
está queriendo lograr lo que el PRO no pudo hacer en la Ciudad. Tener
un organismo estatal con el principal objetivo de vender tierras públicas
sin requerir la aprobación del Parlamento”.
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