El beneficio le fue otorgado al ex ministro de Planificación Fede
ral por el Tribunal Oral Federal (TOF) 1, en la causa conocida co
mo Río Turbio.
El Tribunal Oral Federal (TOF) 1 le concedió la prisión domiciliaria
al ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido en la causa
conocida como "Río Turbio", pero seguirá detenido en el penal
de Ezeiza por la prisión preventiva que le dictaron en la "causa de
los cuadernos" sobre supuestos sobornos en la obra pública,
informaron hoy fuentes judiciales.
El eje del fallo estuvo en la aplicación de las nuevas pautas fija
das para regular el uso de las prisiones preventivas, entre las que
se sugiere evaluar el arresto domiciliario como posibilidad ante
rior al encarcelamiento en un penal.
Fuentes vinculadas a la defensa de De Vido adelantaron a Télam
que evalúan presentar en las próximas horas un pedido de pri
sión domiciliaria ante el TOF 7, que es el que llevará la causa de
los cuadernos, para que se haga efectivo el encierro del ex mi
nistro en su casa.
Los jueces del TOF 1 señalaron que De Vido debería cumplir la
prisión domiciliaria "en la vivienda ubicada en la Chacra N°9, Ba
rrio Panal, Zárate, Provincia de Buenos Aires" y que tendrá que
llevar "un dispositivo (una tobillera) de vigilancia electrónica".
Los jueces Adrian Grümberg, José Michilini y Ricardo Basílico
resolvieron además prohibirle a De Vido la salida del país, retener
le el pasaporte y comunicarle la medida a las fuerzas federales de
seguridad y la Dirección Nacional de Migraciones.
La posibilidad de dictar a De Vido la prisión domiciliaria fue eva
luada a instancias del fiscal de juicio, Miguel Osorio, quien sostu
vo ante el tribunal que correspondía analizarlo en virtud del artí
culo del nuevo Código Procesal Penal que establece que debe
morigerarse el estado de detención del imputado en determina
das circunstancias.
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