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Conocido el Plan de Acción para la próxima temporada anunciado por la
municipalidad de La Costa, surgen tres interrogantes clave, que son de
mayúsculo interés para quienes tienen propiedades o viven en La Costa.
¿Cómo serán los protocolos para los alquileres temporarios? ¿Quienes
tienen una propiedad que no está a su nombre o las facturas de servicios
tienen otra titularidad, podrán ingresar a La Costa? La misma pregunta
cabe para la población de riesgo o adultos mayores.
Con el Plan de Acción para la temporada 2020-2021 anunciado por el in
tendente del Partido de La Costa Cristian Cardozo, quedaron develadas
muchas dudas en relación a los protocolos para el próximo verano.
Si embargo quedan algunas preguntas flotando que se irán develando en
las próximas horas y que son motivo de ansiedad en redes sociales, e
incluso han sido motivo de inquietud en consultas a nuestra redacción.
Hay tres temas que son clave en el desarrollo de una temporada de
¿Propietarios no residentes adultos mayores,están incluidos en la po
blación de riezgo?, y por consiguiente ¿podrán ingresar o no a La Costa
a partir del 1° de noviembre? Según el formulario que está disponible en
la página web del municipio, hay que firmar una declaración jurada, que
entre otras cosas plantea que el peticionante declara no pertenecer "a
los grupos de riezgo definidos por el ministerio de Salud de la Nación".
No está claro se quedarían excluidos de ingresar al distrito los adultos
mayores. Según publica el Boletín Oficial de la Nación en la Resolución
627/2020, detalla varias enfermedades que determinan que una person
a pertenece a grupos de riezgo, pero no incluye a adultos mayores. Sin
embargo en otras publicaciones oficiales del Ministerio de Salud, "exep
túa de concurrir a su trabajo a adultos mayores de 60 años, por pertene
cer a grupos de población en riezgo". Ver https://www.argentina.gob.ar/coronavirus/disposiciones/grupos-riesgo .
Propietarios no titulares. Según consta en el formulario para el ingreso,
"el ingreso será valido para el Titular de la Propiedad y su grupo familiar
, sin excepción. Por lo que al arribar al distrito, deberá acreditar la titulari
dad de su propiedad con documentación respaldatoria. (Impuesto o ser
vicio a su nombre)". ¿Que pasa con quienes no tienen la titularidad de
su propiedad o los servicios no están a su nombre?
Alquileres temporarios. Si bien la Secretaria de Ordenamiento Urbano
Daniela Gimenez informó que ya existe un registro para quienes tie
nen viviendas para alquilar, no se conoce oficialmente hasta el momen
to, cuales serán los protocolos sanitarios para estas unidades turísti
cas, ni que documentación respaldatoria se exigirá a quienes alquilen
una vivienda y quieran ingresar al distrito. ¿Factura?, ¿contrato de al
quiler?. Dada la gran cantidad de alquileres informales que existen en
La Costa historicamente, este es otro de los interrogantes que circulan
con más fuerza por estas horas.
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