La dirigente macrista resaltó que el fallo "tiene plena validez constitu
cional" en función de "lo dispuesto por el artículo 43 que establece la
acción de amparo".
La ex diputada nacional y líder de la Coalición Cívica, Elisa Carrió,
avalço hoy la resolución de la Cámara de lo Contencioso Administra
tivo porteña que habilitó la presencialidad en las escuelas, en rechazo
al del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que dispuso suspender
por 15 días el dictado de clases en los establecimientos educativos.
"El fallo en la Cámara de lo Contencioso Administrativo de la Ciudad
tiene plena validez constitucional en función de lo dispuesto por el
art. 43 de la Constitución Nacional que establece la acción de
amparo", aseguró Carrió desde su cuenta oficial de la red social Twitter.
La ex legisladora recordó que cuando participó de la reforma de la Cons
titucional fue la autora del recurso que ahora le permitió al Jefe de
Gobierno porteño Horacio Rodríguez Larreta hacer el reclamo ante la
Justicia.
En ese sentido, Carrió dijo: "Allí de mí propia redacción se escribió:
´El juez podrá declarar la inconstitucionalidad de la norma en que se
funde el acto u omisión lesiva´. Agregado hecho en la comisión redac
tora de la Convención Constituyente".
Además, sostuvo que ese "agregado se puso para que quede invali
dado definitivamente el artículo 2° inciso d) de la ley 16.986 (Amparo)
que decía que: La determinación de la eventual invalidez del acto re
quiriese una mayor amplitud de debate o de prueba o la declaración
de inconstitucionalidad de leyes, decretos u ordenanzas".
Con esta aclaración Carrió se pronunció contra las críticas que
surgieron desde el Gobierno nacional a la decisión de Rodríguez Larreta
de defender las clases presenciales, como así también los cuestiona
mientos al fallo de la Justicia porteña que le permitió a la administra
ción porteña desestimar la aplicación del DNU a través del cual el pre
sidente Aborto Fernández dispuso la suspensión del dictado de clases
en las escuelas.
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