El fallo del máximo tribunal coincide con lo dictaminado el viernes
pasado por la Procuración General de la Nación.
La Corte Suprema de Justicia resolvió este lunes que el planteo del
gobierno de la Ciudad de Buenos Aires contra el decreto de necesidad
y urgencia que suspendió las clases presenciales por dos semanas
es de "competencia originaria" de ese tribunal.
Eso significa que sólo la Corte Suprema puede entender en el planteo
que formuló la administración de Horacio Rodríguez Larreta contra el
artículo segundo del decreto 241/2021, que fue el que interrumpió las
clases presenciales.
"De conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal,
la presente causa es de la competencia originaria de la Corte Suprema
de Justicia de la Nación (...). La acción entablada se sustanciará por la
vía del proceso sumarísimo", dispusieron los jueces Carlos Rosenkrantz,
Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti.
La quinta integrante del tribunal, Elena Highton de Nolasco, votó en
disidencia.
El máximo tribunal notificó de la decisión a las partes y le libró oficio a
la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación para que formule sus
planteos en el término de cinco días hábiles.
Al reivindicar la intervención exclusiva de la Corte, el fallo pone virtual
mente en entredicho a la medida cautelar dispuesta por una sala de la
Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de
Buenos Aires, que el domingo por la noche dispuso la continuidad de
las clases presenciales.
El voto mayoritario decidió además dejar sin efecto el traslado que había
ordenado la semana pasada al procurador general del Tesoro, Carlos
Zannini, para que interviniera en la cuestión en virtud del artículo 11 de
la Ley 25.344, que especifica excepciones en el trámite de amparos y
procesos sumarísimos.
El Gobierno nacional tendrá ahora cinco días para responder -a través
de la Jefatura de Gabinete- los argumentos esbozados por la administra
ción de Horacio Rodríguez Larreta.
Luego, la Procuración General de la Nación tendrá la posibilidad de
expedirse sobre el fondo de la cuestión.
El viernes, en tiempo récord, se había manifestado a favor de que la
Corte tomara el caso en un dictamen firmado por Laura Monti, una fun
cionaria de carrera en el Ministerio Público.
La competencia originaria y exclusiva de la Corte Suprema surge del
artículo 117 de la Constitución Nacional, que establece que el tribunal
entenderá en forma directa -no por apelación- "en todos los asuntos
concernientes a embajadores, ministros y cónsules extranjeros, y en
los que alguna provincia fuese parte".
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